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Los hechos probados de los "honorables" Chaves y Griñán

El PSOE defiende con uñas y dientes a Chaves y Griñán poniendo en la diana al Supremo, que ratifica una sentencia demoledora de hace tres años.

El PSOE defiende con uñas y dientes a Chaves y Griñán poniendo en la diana al Supremo, que ratifica una sentencia demoledora de hace tres años.
Manuel Chaves acudiendo a declarar en una imagen de archivo | Europa Press

Tras el mazazo que ha supuesto la ratificación por parte del Tribunal Supremo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla del caso de los ERE, y la confirmación de seis años de cárcel para José Antonio Griñán y nueve de inhabilitación para Manuel Chaves, el PSOE en bloque se ha lanzado a defender a los dos expresidentes andaluces y a poner la diana en el tribunal. Destacan, entre otras cosas, que la sentencia aún no se conoce y se aferran al voto particular de dos magistradas que se conocerá en septiembre. Chaves y Griñán "no se llevaron ni un céntimo de euro", defienden, y el sistema tenía el "simple" propósito, según las palabras de Patxi López, de "agilizar unos trámites para que el dinero de los ERE llegara más eficazmente a las empresas". Las palabras más repetidas para describir a Manolo Chaves y Pepe Griñán son "honestidad" y "honorabilidad". El Supremo, insinúan, está condenando a dos inocentes: "Simplemente lo que hicieron fue agilizar unos trámites para que el dinero de los ERE llegara más eficazmente a las empresas". "Podemos afirmar que están pagando justos por pecadores", proclamó este miércoles el presidente del Gobierno.

Esta avalancha de declaraciones obvia un hecho: la sentencia del Supremo no se conoce, pero sí se conocen los casi dos mil folios de la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que diseccionó un sistema "fraudulento" de adjudicación de ayudas en cuya cúspide estaban Manuel Chaves y José Antonio Griñán, aunque desde el PSOE se insista ahora en desvincularles de la trama y apunten que sólo hubo casos aislados de gente que "ilícitamente se aprovechó" de las ayudas.

"Absoluta falta de control"

La sentencia publicada en noviembre de 2019 explica de forma pormenorizada cómo desde el año 2000 hasta el año 2009 estuvo en funcionamiento una "operativa contable" financiera y presupuestaria diseñada para la concesión de subvenciones "sociolaborales a empresas en crisis" sin que se ejerciera control alguno. El fallo explica cómo se pasó de tramitar las ayudas a través del cauce legal con los preceptivos "expedientes de concesión de subvenciones" y la fiscalización del Interventor, a un sistema opaco "eliminando los mecanismos de control legalmente establecidos". Utilizando a la Agencia IFA (IDEA, unos años más tarde) se dotó del dinero de las subvenciones a la partida presupuestaria 31L, conocida luego como el "fondo de reptiles", para la concesión de ayudas a través de "transferencias de financiación". El resultado, dice el fallo, "fue una absoluta falta de control de la concesión de subvenciones sociolaborales y a empresas en crisis", sin que las fiscalizara la Consejería de Empleo ni la propia agencia, que sólo se encargaba de trasladar el dinero. "La conclusión no puede ser otra que ese fue el efecto buscado con el uso de transferencias de financiación", dice el fallo, que recuerda cómo la situación fue "reiteradamente denunciada en los informes de la Intervención".

El fallo destaca cómo entre los efectos de esa falta de control estaba la inclusión de todo tipo de empresas y beneficiarios "en las pólizas de rentas sufragadas de fondos públicos". Y señala que la situación fue posible gracias a la "indebida presupuestación de las transferencias de financiación en los anteproyectos de presupuestos elaborados por la Consejería de Economía y Hacienda (al frente de la cual estuvo Griñán entre 2004 y 2009) y "aprobados por el Consejo de Gobierno" (presidido por Manuel Chaves hasta 2009). Esa situación, resalta, fue "lo que permitió que se prescindiera total y absolutamente del procedimiento administrativo en la concesión y el pago de las subvenciones" y que el dinero "se pudiera destinar a fines ajenos al interés público".

"La Consejería de Empleo disponía de los fondos públicos del programa 22E/31L, sin sujeción a procedimiento alguno, sin control de la Intervención, sin exigir la más mínima acreditación de una situación que legitime la percepción de la supuesta ayuda, sin necesidad de justificar el empleo o uso del dinero que se recibía. En definitiva, permitía el enriquecimiento de empresas, a través del ahorro de gastos, y de terceros, ajeno a cualquier interés social o público debidamente acreditado", señala.

"Plenamente conscientes"

Sobre Griñán, la sentencia incluye una frase demoledora: "El encausado era plenamente consciente de la palmaria ilegalidad de los actos en los que participó, relatados en los hechos probados. Asumiendo la eventualidad de que los fondos vinculados al programa 31L fueran objeto de disposición con fines ajenos al fin público al que estaban destinados".

Chaves, condenado sólo por prevaricación, también es considerado el puntal de la trama por los jueces de la Audiencia Provincial. En el fallo, destacan cómo las variaciones en el sistema de concesión de ayudas, "habida cuenta que afectaban a más de una consejería", tuvieron "que pasar por la decisión final de su superior jerárquico, es decir, el presidente de la Junta de Andalucía".

Insiste el fallo en que el cambio que propició que se evadieran los controles no era "menor, sino que suponía un cambio en la presupuestación". "Resulta impensable que el Consejero de Empleo tomara esta decisión por sí solo", afirma, "máxime cuando tenía que contar con el beneplácito" de la Consejería de Hacienda. "La trascendencia de este cambio", continúa, "hace también impensable que esta decisión fuera asumida exclusivamente por la consejera de Economía y Hacienda sino que exigió de la decisión del superior jerárquico de ambos, el presidente de la Junta, Manuel Chaves". Sobre él, sentencia que "era plenamente consciente de la patente ilegalidad de los actos en los que participó".

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