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El juez cita a Gómez de Liaño para escuchar las cintas de Villarejo sobre el caso Sogecable

En una providencia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, el magistrado instructor acuerda la citación de Gómez de Liaño.

En una providencia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, el magistrado instructor acuerda la citación de Gómez de Liaño.
Foto de archivo del comisario Villarejo | Europa Press

El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha citado a Javier Gómez de Liaño y al resto de las partes personadas en la causa para escuchar las cintas grabadas por el comisario José Villarejo sobre el caso Sogecable. La citación inicial prevista para el miércoles ha sido pospuesta al jueves.

Villarejo presentó una denuncia en octubre de 2019 en los Juzgados de Plaza de Castilla de Madrid en la que afirmaba que el Grupo Prisa pagó 200.000 dólares al que fuera magistrado del Tribunal Supremo, Enrique Bacigalupo, por condenar a Gómez de Liaño en el caso Sogecable. Cercano al PSOE de Felipe González, Bacigalupo fue magistrado de la Sala Segunda del Supremo desde 1987 hasta 2011. Villarejo relató en su escrito cómo la operación para inhabilitar al entonces juez Gómez de Liaño se fraguó con numerosas reuniones en las que participaron dirigentes socialistas, empresarios, abogados y periodistas del Grupo Prisa.

En una providencia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, el magistrado instructor, a petición de Gómez de Liaño, acuerda su citación y la del resto de partes en presencia de la Letrada de la Administración de Justicia, "se proceda al examen y audición de las cintas que le fueron intervenidas al Señor Villarejo Pérez, en su domicilio o despacho profesional, en concreto las comprendidas entre el 19 de marzo de 1997 y abril de 1998".

Unas grabaciones que servirían para ratificar lo denunciado inicialmente por el propio comisario Villarejo y que fue ratificado posteriormente por Gómez de Liaño en sede judicial el pasado mes de diciembre en su declaración. El exmando policial es investigado en esta pieza por presunta organización criminal.

Durante su comparecencia en la Audiencia Nacional, Gómez de Liaño daba total verosimilitud a los hechos que recogía Villarejo en su denuncia y confirmaba todos los hitos denunciados por el comisario de forma cronológica. Además, apuntaba que desde que se hizo cargo como juez del caso Sogecable, siempre tuvo la intuición de que algo se estaba tejiendo contra él desde el Grupo Prisa.

Fuentes conocedoras del caso consultadas por LD apuntan que "además de las microcintas de Villarejo, podrían existir informes, documentos, correos electrónicos u otros soportes documentales que acreditarían los hechos denunciados por el comisario y ratificados por Gómez de Liaño sobre el caso Sogecable".

Hace una semanas, la Fiscalía Anticorrupción instaba a investigar en el marco de esta causa si Prisa pagó al entonces juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón alrededor de 300 millones de pesetas para que frenara el caso Sogecable a finales de los 90.

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Javier Gómez de Liaño.

La historia del caso Sogecable

Javier Gómez de Liaño cuando era titular del Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional asumió en 1997 la investigación contra el Grupo Prisa (Canal Plus y Sogecable) por posibles delitos de estafa, falsedad y apropiación indebida, en relación a los 23.000 millones de pesetas (138.232.784 euros) de fianzas depositadas por los abonados del canal de televisión de pago.

En el marco de dicho procedimiento, el magistrado impuso de forma cautelar a Jesús de Polanco (expresidente del Grupo Prisa), una fianza de 200 millones de pesetas. Después, procesó al propio Polanco, a Juan Luis Cebrián (exconsejero delegado del Grupo Prisa) y a todo el Consejo de Administración de Sogecable, por falsedad documental y apropiación indebida en los fondos de los abonados. En 1998, Polanco lo denunció por prevaricación y el magistrado fue procesado.

Gómez de Liaño recusó en febrero de 1999 a los tres miembros de la Sala de lo Penal del Supremo que ratificaron su procesamiento por prevaricación y dictaron auto de apertura de juicio oral contra él para juzgarlo: Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo y José Manuel Martínez Pereda. Éste último magistrado emitió un voto particular discrepante expresando su disentimiento "por no haberse decretado el sobreseimiento libre, al no ser los hechos de la causa constitutivos de delito alguno, como han solicitado, no sólo el procesado sino el propio ministerio fiscal". Según el fiscal del Tribunal Supremo, José María Luzón, padre del actual fiscal jefe Anticorrupción Alejandro Luzón, los hechos no eran constitutivos de delito de prevaricación, ni de infracción penal alguna.

Liaño entendía que habían perdido la imparcialidad objetiva para juzgarle por haber dictado dichas resoluciones. En el caso de Bacigalupo, le recusaba también por "amistad íntima" con el abogado de Sogecable, Antonio González Cuéllar, y por interés directo o indirecto en la causa. Sin embargo, dicha recusación resultó fallida.

Los tres magistrados del Supremo lo condenaron a 15 años de inhabilitación especial para cargo público, con la pérdida definitiva de su cargo de juez. La sentencia contó con los votos favorables de los magistrados Gregorio García Ancos y Enrique Bacigalupo. Por su parte, José Manuel Martínez-Pereda formuló de nuevo un voto particular discrepante con la decisión de sus dos compañeros más extenso que la propia sentencia.

En el año 2000 recibió un indulto del gobierno presidido por José María Aznar para volver a la carrera judicial y en 2008 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló a su favor recordando "la importancia que para una sociedad democrática tiene la confianza que los tribunales deben inspirar a los justiciables" y estimando que "las quejas sobre la imparcialidad del órgano jurisdiccional español que lo juzgó y lo condenó del demandante Gómez de Liaño pueden ser consideradas objetivamente justificadas". El argumento es que los tres magistrados que la componían (Gregorio García Ancos, Enrique Bacigalupo Zapater y José Manuel Martínez-Pereda y Rodríguez), ya habían intervenido previamente en numerosos actos de instrucción del caso.

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