
El Tribunal Constitucional ha asignado al magistrado y exministro de Justicia, Juan Carlos Campo, resolver el recurso de amparo sobre una macroquerella presentada contra el propio Campo y el resto del Gobierno de Pedro Sánchez por la gestión del covid-19.
En mayo de 2020, la plataforma El Día Después presentaba una querella en el Tribunal Supremo en nombre de 116 familias contra todo el Consejo de Ministros por un delito de homicidio por imprudencia grave en la gestión de la pandemia. Según la querella, Sánchez y sus 22 ministros serían "presuntos responsables, criminalmente, de 116 delitos de homicidio por imprudencia grave (pena de cárcel en su grado superior de 4 a 6 años por cada homicidio), al haber permitido por acción o por omisión que la pandemia acabase con la vida de sus familiares. El Supremo la inadmitió y los abogados de la plataforma, entre ellos José Ignacio Sánchez Rubio, recurrieron en amparo ante el Tribunal Constitucional.
Según ha podido saber Libertad Digital, el Tribunal Constitucional ha asignado por reparto el recurso a la Sección Segunda de la Sala Primera del Tribunal de Garantías que integran sólo dos magistrados, ya que la plaza del conservador Alfredo Montoya no ha sido repuesta por el Senado. Dichos magistrados son el exministro Juan Carlos Campo y el conservador Ricardo Enríquez.
En un escrito, al que ha tenido acceso LD, los denunciantes solicitan la recusación de Juan Carlos Campo para resolver la querella presentada contra el propio Campo y el resto del Gobierno por la gestión del covid: "El presente recurso se ha turnado a la Sección Segunda de la Sala Segunda de este Tribunal Constitucional y dicha Sección, por Acuerdo del Pleno de 17.01.2023, está integrada por el querellado, Sr. Campos, en su momento ministro de Justicia".
"Considerando que se da la causa 13ª, por haber sido Campos ministro del Gobierno de España durante la pandemia, Covid´19, y que, por su actuación, motivó la querella de delitos de homicidio por imprudencia grave, es por lo que por medio de este escrito recusamos a Juan Carlos Campo, al que, tras los trámites de Ley, deberá apartarse del conocimiento de esta causa", apunta el escrito.
Fuentes del TC consultadas por este diario afirman que "Campo debe abstenerse en la causa inmediatamente y el Tribunal de Garantías debe asignar por reparto a otra Sección la resolución del recurso, ya que el magistrado Ricardo Enríquez no puede resolverlo sólo".
Cabe destacar que la Sección del Constitucional asignada tendría que decidir en primera instancia si el recurso de amparo reúne los requisitos formales para ser admitido a trámite. Posteriormente, se tendría que estudiar el fondo del asunto y decidir si se estima el recurso o no contra el archivo de la macroquerella que decidió el Supremo.
Recordamos que desde su designación en la última renovación del Constitucional, Campo ha tenido que abstenerse en numerosos procedimientos por haber sido ministro de Justicia con Sánchez y por qué su pareja es la presidenta del Congreso, Meritxell Batet. Además, las peticiones de recusación contra el magistrado se acumulan semanalmente en el TC. Sólo está semana el Constitucional ha avalado su abstención en 14 asuntos. Precisamente, Campo se negó a abstenerse junto a Cándido Conde-Pumpido e Inmaculada Montalbán en el recurso sobre el aborto, a pesar de que formaba parte del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero cuando se aprobó la Ley.
La querella recurrida ante el TC
Según denuncia la querella, "el 11 de marzo la OMS declaró la pandemia y "a pesar de todo ello, el Gobierno español continuó en su actitud pasiva y sin adoptar medida alguna hasta el 14 de marzo de 2020, en que dictó el Real Decreto por el que establecía el Estado de Alarma. Ya hacía un mes y medio que la propia OMS había declarado el estado de Emergencia de salud pública de importancia internacional, sin que el Gobierno español le prestara la más mínima atención".
"Tan sólo 6 días antes los propios miembros del gobierno animaban activamente a acudir a la manifestación del 8-M, con declaraciones por ejemplo de Carmen Calvo animando para acudir a las manifestaciones feministas del 8 de marzo en la celebración del día de la mujer, porque le va la vida, nos va la vida….' una declaración imprudente que ahora deviene siniestra. Resulta inconcebible que, en apenas una semana, tan sólo 6 días después del 8-M, se pasara de poder hacer una vida normal, sin ningún tipo de restricciones, a la declaración del estado de alarma que incluye una situación extrema de confinamiento de la población en sus casas", concluye.
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