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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da luz verde a la extradición de 'El Pollo' Carvajal a Estados Unidos

Según el TEDH, el ex jefe de la Inteligencia venezolana "no pudo demostrar que correría un riesgo real" si es extraditado a Estados Unidos.

Según el TEDH, el ex jefe de la Inteligencia venezolana "no pudo demostrar que correría un riesgo real" si es extraditado a Estados Unidos.
Hugo Carvajal. | Imagen TV

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dado luz verde a la extradición del ex jefe de la Inteligencia venezolana, Hugo 'El Pollo' Carvajal, a Estados Unidos por presuntos delitos de tráfico de armas y de drogas. La entrega de Carvajal ya fue acordada por la Audiencia Nacional, pero permanecía suspendida a la espera del fallo de Estrasburgo.

Carvajal presentó una demanda ante la corte europea en marzo del año pasado invocando el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, el cual establece que "nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes". La defensa de 'El Pollo' alegó que, de ser entregado a Estados Unidos, "hay un riesgo real de que pueda ser condenado a cadena perpetua, sin acceso a ningún mecanismo eficaz mediante el cual pueda solicitar una reducción de pena o una revisión, con miras a determinar si la continuidad de su estancia en prisión está justificada por motivos penológicos".

La resolución del Tribunal de Estrasburgo señala que "para que el Sr. Carvajal Barrios pueda defender su caso, tendría que demostrar un riesgo real de que se le impusiera una sentencia de cadena perpetua sin libertad condicional en los Estados Unidos. Como aún no ha sido juzgado, era difícil determinar el resultado, pero el Tribunal concluyó que sería juzgado en un sistema legal respetuoso del Estado de Derecho y los principios de un juicio justo, en el que tendría plena oportunidad de montar una defensa con la ayuda de representación legal".

"Había muchas circunstancias en las que el señor Carvajal Barrios no recibiría la pena más severa posible, incluida la absolución, la declaración de culpabilidad o un acuerdo con la fiscalía. Además, la sentencia no sería automática y se basaría en una amplia gama de insumos, incluidos los factores atenuantes. El señor Carvajal Barrios no ha proporcionado ninguna información de que no se tomarían en cuenta los factores atenuantes en su caso. También tendría derecho a apelar. En total, tales afirmaciones eran muy inusuales en casos federales en los Estados Unidos", añade.

Según el TEDH, "la Corte reiteró que en el contexto de la extradición, para cumplir con el artículo 3, España no estaba obligado a examinar la disponibilidad de garantías procesales en los Estados Unidos porque examinar la ley y la práctica pertinentes de ese Estado sería indebidamente difícil para el país autoridades que deciden sobre las solicitudes de extradición, y esta sería una interpretación demasiado extensa de la responsabilidad de un Estado Contratante. Se refería en gran medida a los principios establecidos en Sánchez- Sánchez c. Reino Unido [GC] (n.º 22854/20)".

"El Sr. Carvajal Barrios no pudo demostrar que correría un riesgo real de recibir un trato que incumpliera el Artículo 3 si es extraditado. Por lo tanto, el Tribunal consideró que la demanda estaba manifiestamente mal fundada y lo declaró inadmisible", concluye.

La defensa de ‘El pollo’ Carvajal estudiará ahora la presentación de un recurso contra esta resolución ante el mismo Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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