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El TC de Conde-Pumpido vuelve a desacreditar al Supremo por segunda vez en 24 horas para amparar a Arnaldo Otegi

Según fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital, "el TC ha estimado el recurso de amparo de Otegi por 7 votos a favor y 4 en contra".

Según fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital, "el TC ha estimado el recurso de amparo de Otegi por 7 votos a favor y 4 en contra".
Arnaldo Otegi y Maddalen Iriarte. | Bildu

El Tribunal Constitucional que preside Cándido Conde-Pumpido ha vuelto a desacreditar al Tribunal Supremo por segunda vez en apenas 24 horas para amparar a Arnaldo Otegi y evitar que el líder de EH-Bildu sea juzgado de nuevo por intentar reconstruir Batasuna en el llamado caso Bateragune.

Según fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital, "el Pleno del Tribunal de garantías ha estimado este miércoles el recurso de amparo presentado por Otegi con los 7 votos a favor de los magistrados izquierdistas y los 4 en contra de los conservadores, como es habitual". Además, se han anunciado tres votos particulares y cuatro votos concurrentes.

El Constitucional avala la ponencia de sentencia redactada por el ahora magistrado izquierdista del TC y exministro de Justicia socialista, Juan Carlos Campo, que considera que repetir el juicio del caso Bateragune contra Otegi violaría su derecho a la tutela judicial en la vertiente del derecho al non bis in ídem.

En diciembre de 2020, el pleno de la Sala Penal del Supremo acordó por unanimidad la celebración de un nuevo juicio. Previamente, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos TEDH, el Supremo tuvo que anular la condena contra Otegi y el resto de acusados en el caso Bateragune. El TEDH consideró vulnerado su derecho a un juez imparcial, tras las afirmaciones realizadas en la vista oral por una magistrada de la Audiencia Nacional.

La decisión se adoptó por el pleno de la Sala, compuesto por 16 magistrados, en cumplimiento del art. 4.2 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que excluye la prohibición de doble enjuiciamiento en supuestos como el que ahora se resuelve. Dicha decisión se fundamentaba también en los precedentes de la propia jurisprudencia de la Sala.

La sentencia del TEDH

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) dictó una sentencia en noviembre de 2018 la que concluía que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del exportavoz de Batasuna en el juicio por el caso Bateragune, por el que fue condenado por un delito de pertenencia a la banda terrorista ETA y por la que seguía cumpliendo una condena de 10 años de inhabilitación, que concluía en febrero de 2021.

El caso, instado por la defensa de Otegi, buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada de la Audiencia Nacional, Ángela Murillo, en el tribunal que le condenó por el caso Bateragune vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.

En concreto, alegaba que durante el juicio por el homenaje al cabecilla de ETA Argala, Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: "Ya sabía yo que no me iba a contestar esa pregunta".

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