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La Comisión de Venecia blinda al Poder Judicial en defensa de los jueces acosados mientras Sánchez los acusa de fachas

Las conclusiones definitivas de la Comisión de Venecia suponen un varapalo adicional al Gobierno.

Las conclusiones definitivas de la Comisión de Venecia suponen un varapalo adicional al Gobierno.
Visita de la Comisión de Venecia al Senado el 8 de febrero de 2024. | Europa Press

Las conclusiones definitivas de la Comisión de Venecia sobre la Ley de Amnistía de Pedro Sánchez esconden un varapalo adicional al Gobierno del PSOE y sus pactos con los separatistas y proetarras.

Todos los aliados del presidente exigen el juicio paralelo, en comisiones parlamentarias contra los jueces que les investiguen o procesen. Es más, en primera persona el Gobierno, Sánchez y Félix Bolaños, aseguran que el Consejo General del Poder Judicial carece de legitimidad para criticar la Ley de Amnistía y hasta para defender a los jueces acosados por su falta de renovación. Todo ello sin contar con el último episodio de la carta de Pedro Sánchez en la que mete el juez que investiga los actos de Begoña Gómez de formar parte de un "acoso y derribo" político de la derecha y ultraderecha.

Pues bien, la Comisión de Venecia ha entrado en ambos puntos. Y lo ha hecho para retirar cualquier apoyo a la versión de Sánchez. Venecia, principal órgano consultivo de la UE, asegura que el Poder judicial tiene toda la capacidad para defender a los jueces, que éstos no deben ser tocados y que, además, los jueces tienen todo el poder para decidir si la norma debe aplicarse o no en determinados casos.

Nueva varapalo al Gobierno. Y, en este caso, con apariencia de carácter definitivo, porque será complicado que el Tribunal de Justicia de la UE no asuma los postulados de la Comisión de Venecia en materia de garantías constitucionales. El documento definitivo de este organismo consultivo ha destacado un asunto que había pasado desapercibido: el de la legitimidad del Consejo General del Poder Judicial. Y lo hace en dos fases.

En la primera destaca que "en cuanto a las anulaciones de las competencias procesales ordinarias de los tribunales, la Comisión de Venecia considera que son consecuencias lógicas de la supresión retroactiva de la responsabilidad penal y que, siempre que la decisión sobre si una persona se beneficia o no de la amnistía corresponda al juez (sobre la base de los criterios generales contenidos en la proposición de ley de amnistía), y el levantamiento de la detención, la prisión provisional y las medidas cautelares son consecuencia de dicha decisión judicial, no se plantea ningún problema de separación de poderes". Y lo aclara: "La proposición de ley de amnistía debe interpretarse de forma que no prive de efecto práctico a la revisión judicial de la proposición de ley de amnistía". Es decir, que, de ninguna de las maneras, se puede retirar capacidad de decisión individual a cada juez sobre en qué casos aplicar la ley y en cuáles no. Se trata de uno de los puntos polémicos, y es que constitucionalistas como Teresa Freixes ya han adelantado que el juez tiene capacidad incluso de no aplicarla por considerarla contraria a las exigencias de la normativa europea. 


El Poder Judicial (CGPJ) igualmente ha remarcado este punto y ha adelantado que protegerá a los jueces que ejerzan esta potestad básica en la independencia judicial.

Comisiones de investigación

Pero Venecia va a más en su blindaje del Consejo General del Poder Judicial, uno de los organismo más atacados por el Gobierno de Pedro Sánchez debido a que no ha podido colonizarlo hasta el momento. "En cuanto a las comisiones de investigación creadas por el Congreso de los Diputados de España, la Comisión de Venecia recuerda que el principal objetivo de las comisiones de investigación parlamentarias es supervisar y controlar la labor del poder ejecutivo, con el fin de garantizar la responsabilidad política democrática y mejorar la transparencia y la eficacia del Gobierno y la administración" y no del Poder Judicial. "Los jueces no deben ser obligados a informar sobre el fondo de sus casos a nadie ajeno al Poder Judicial", añade Venecia. Y puntualiza este matiz: "La Constitución Española atribuye al Consejo General del Poder Judicial la competencia para conocer de las posibles faltas disciplinarias cometidas por los jueces", no al Parlamento y no al Gobierno. La Comisión de Venecia, por ello, pide que "las comisiones de investigación creadas por el Congreso de los Diputados de España no reciban el mandato de convocar, ni siquiera de invitar, a los jueces a que les informen, en particular sobre el fondo de los asuntos que hayan resuelto. No basta con que los jueces no estén obligados a comparecer ante el Parlamento", remarca. De nuevo, blinda la defensa de los jueces realizada por el CGPJ.

No se trata de las únicas exigencias de Venecia, pese a las falsedades del Gobierno, que ha llegado a afirmar que esta Comisión les había "avalado" en el tránsito de su ley de amnistía. La Comisión de Venecia ha enumerado una serie de "requisitos del Estado de Derecho" aplicables a las amnistías en general. Y que, en este caso, no pueden omitirse. Así, señala la necesidad de "estar motivadas por razones de reconciliación social y política: estos objetivos, legítimos, deben alcanzarse mediante métodos y procedimientos coherentes para no frustrar su propósito. […] Por lo tanto, los procedimientos legislativos por vía acelerada no son apropiados para la adopción de leyes de amnistía".

Igualmente ha destacado que, "por definición, una amnistía concede beneficios jurídicos especiales a un determinado grupo de personas que reúnen las condiciones exigidas por la ley, lo que introduce una diferencia de trato respecto de las personas que, habiendo cometido los mismos hechos pero en contextos diferentes, por motivos diferentes o en momentos diferentes, no se benefician de la amnistía y, en consecuencia, siguen siendo objeto de procedimientos y sanciones penales. Para evitar la arbitrariedad, debe haber coherencia a la hora de delimitar de los actos amparados por la amnistía, que deben estar vinculados por una conexión intrínseca" y en "opinión de la Comisión, esta decisión debe tomarse con una mayoría cualificada suficientemente amplia", cosa que no se contempla en la norma de Sánchez.

Y también ha señalado que "debe confiarse al poder judicial la decisión sobre si personas concretas cumplen los criterios generales determinados por el Parlamento para beneficiarse de la aplicación de la amnistía", que, "por lo que se refiere al ámbito de aplicación material y temporal de la proposición de ley de amnistía […] los criterios para su aplicación no deben estar diseñados para cubrir a individuos concretos" y que "la proposición de ley de amnistía se ha presentado en forma de proposición de ley, que es un procedimiento sin consulta al público, a las partes interesadas o a otras instituciones del Estado, y que se ha seguido un procedimiento de urgencia. […] La Comisión anima a todas las autoridades y fuerzas políticas españolas a que se tomen el tiempo necesario para entablar un diálogo significativo en un espíritu de cooperación leal entre las instituciones del Estado, así como entre la mayoría y la oposición, con el fin de lograr la reconciliación social y política, y a que estudien la posibilidad de explorar procedimientos de justicia restaurativa".

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