
El presidente del Tribunal Constitucional Cándido Conde-Pumpido y cinco magistrados izquierdistas han apartado a José María Macias de dos procedimientos sobre la Ley de amnistía del 1-O en los que no está recusado.
El Constitucional extendía este miércoles su decisión de apartar al magistrado conservador del debate sobre la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo sobre la amnistía a todas las deliberaciones sobre los recursos presentados contra la ley por su "participación directa o indirecta" en dos informes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la norma cuando era vocal.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que "el Pleno del TC lo ha acordado con seis votos a favor del bloque izquierdista, ya que el magistrado Juan Carlos Campo se abstuvo en la causa, y cuatro en contra del bloque conservador. De esta forma, Conde-Pumpido y la mayoría izquierdista del Tribunal de Garantías aprobaba la ponencia redactada por la magistrada del mismo bloque Inmaculada Montalbán".
"El TC ha apartado a Macías de dos procedimientos en los que el magistrado conservador no había sido recusado, ni el propio Macías se había abstenido. Concretamente, dos cuestiones de inconstitucionalidad planteadas contra la Ley de amnistía del 1-O presentadas por la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Es un absoluto escándalo y una barbaridad", añaden.
La argumentación esgrimida por el bloque izquierdista ha sido que una vez que se había estimado ya una causa de recusación objetiva, esta es aplicable a todos los procedimientos que tengan por objeto la resolución de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley de amnistía.
Las mismas fuentes consultadas por LD subrayan que "no se puede apartar a un magistrado de una deliberación de forma deliberada si no hay recusación, ni abstención. En este contexto, no se puede descartar que la resolución de Conde-Pumpido y de los otros cinco magistrados izquierdista pueda suponer la comisión de un presunto delito de prevaricación".
Contra dicha decisión, anunciaban la presentación de un voto particular los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.
Recordamos que el pasado 15 de enero, el Constitucional decidió apartar a Macías del debate relativo a la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo. Lo acordó también con seis votos a favor y cuatro en contra.
El tribunal concluyó que Macías, como vocal de CGPJ, pudo "tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad", cuestiones que son causa de recusación en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), por lo que estimó la recusación que había planteado la Fiscalía.
La recusación fue solicitada por el fiscal general
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, pidió apartar al magistrado Macías al considerar que cuando era vocal del CGPJ se pronunció hasta dos veces en textos con "valor institucional" sobre la ley de amnistía, lo que le contaminaría para participar ahora en las deliberaciones del TC sobre la norma jurídica.
En concreto, el Ministerio Público hacía referencia al acuerdo de Pleno de 6 de noviembre de 2023, por el que se aprobó la declaración institucional del CGPJ ante el anuncio, por el presidente del Gobierno, de que se había alcanzado un pacto político para la presentación de una proposición de Ley Orgánica de Amnistía; y al acuerdo de Pleno de 21 de marzo de 2024, por el que se aprobó el informe del CGPJ sobre la Proposición de Ley Orgánica de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, emitido a petición de la Mesa del Senado. El Constitucional coincidió con el criterio de la Fiscalía y optó por apartar al magistrado, basándose en una ponencia redactada también por Montalbán.
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