
La Fiscalía intenta boicotear un informe encargado por el titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, a los agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) sobre el rescate del Gobierno de Pedro Sánchez a la aerolínea Air Europa de la compañía Globalia en el marco del caso Begoña Gómez.
El pasado mes de octubre, la Fiscalía afirmaba en un escrito no tener "constancia de que se hayan adoptado medidas dirigidas ajustar el objeto de la instrucción conforme a lo resuelto. A fin de dar cumplimiento a lo acordado por la Audiencia Provincial, y de evitar indagaciones que se extralimiten claramente del objeto definido en esta causa, y permitir, por otro lado, una mejor optimización de los recursos públicos y medios personales de las unidades policiales afectadas, se interesa que se dicte resolución judicial ordenando el cese de la citada indagación y dejando sin efecto la solicitud de informe a la UCO respecto a Globalia en este procedimiento, comunicándolo a la mayor brevedad a la unidad policial actuante". Dicha petición fue reiterada en este mes de marzo.
En una providencia, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, el juez Peinado rechaza la petición formulada por el Ministerio Público de dejar sin efecto el informe encargado a la UCO: "Los anteriores informes del Ministerio Fiscal de fechas 25/10/2024 y 20/03/2025, únanse a los autos de su razón. "En los mismos se solicita que se deje sin efecto la solicitud de informe a la UCO respecto de Globalia en el presente procedimiento, basado en las resoluciones de la Audiencia Provincial de fechas 29/05/2024 y 07/10/2025, si bien en dichas resoluciones lo que figura recogido, y además resaltado en negrita en la última de las resoluciones, es que se excluyan de la investigación por los hechos ya conocidos relativos a Globalia, pero no de los hechos ‘realmente nuevos y de signo incriminatorio’ y se motive por resolución judicial".
"Precisamente para la acreditación de hechos nuevos es por los que se ha solicitado y sobre lo que debe versar el informe de la UCO pendiente de cumplimentar, recordando que solicitar que no se remita dicho informe por la UCO podría suponer que se pasase por alto la comisión de nuevos hechos delictivos. Al contrario, impedir que se comprueben podría ser constitutivo incluso de infracción penal por parte de este proveyente, bien de un delito de prevaricación, o del delito de omisión de perseguir delitos, o de inducir a los agentes de la UCO de la Guardia Civil, a que cometan dicho delito de omisión de perseguir delitos", concluye.
Póngase en contacto con nosotros en investigacion@libertaddigital.com

