
La prisión provisional para el exministro de Transportes José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García está en manos de la Fiscalía Anticorrupción que dirige Alejandro Luzón.
El magistrado del Tribunal Supremo que investiga la trama Koldo, Leopoldo Puente, ha citado de nuevo a declarar como investigados a Ábalos y Koldo para los próximos 15 y 16 de octubre, y no descarta endurecer sus medidas cautelares. Todo ello, tras recibir el último informe patrimonial sobre el propio Ábalos elaborado por la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO).
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que "no se puede descartar que tras las declaraciones de Ábalos y Koldo, el magistrado Leopoldo Puente acuerde la celebración de una vistilla para endurecer sus medidas cautelares, tal y como recoge el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)". Recordamos que Puente ya acordó hace meses la prohibición de salida del país de ambos, retirada de pasaporte y comparecencias periódicas en sede judicial.
"En la vistilla, las partes personadas en la causa se posicionan respecto a las medidas que se deben aplicar a los investigados para restringir su libertad, todo ello con el objetivo de garantizar que los investigados no se sustraigan a la acción de la justicia", añaden.
Las mismas fuentes consultadas por LD subrayan que "la Fiscalía Anticorrupción de Alejandro Luzón tendrá la libertad o la prisión provisional de Ábalos en sus manos. Si Luzón considera que del nuevo informe de la UCO se puede concluir riesgo de destrucción de pruebas o de fuga, podría solicitar la prisión provisional. En el caso de que la Fiscalía lo solicite, previsiblemente el magistrado Leopoldo Puente lo acuerde tal y como sucedió el pasado mes de junio con el ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán. Es decir, el futuro judicial de Ábalos y Koldo está en manos de Luzón".
"Respecto a las acusaciones populares, podrían esperar al criterio de la Fiscalía para decidir si piden o no prisión provisional para ambos. No obstante, si solo la acusación popular pide prisión y Anticorrupción no hace lo propio, hay pocas posibilidades de que el magistrado encarcele a Ábalos y Koldo", concluyen.
En su auto de este lunes, el juez señalaba que el informe de la UCO "viene a profundizar en los indicios de criminalidad que ya constaban en el presente procedimiento en relación con ambos investigados, Sres. Ábalos Meco y García Izaguirre, quienes pudieran haber mantenido entre sí métodos no transparentes de comunicación de sus respectivos patrimonios, recibiendo indistintamente ingresos irregulares y opacos de diversa procedencia, eventualmente fruto de la comisión de los graves ilícitos penales que se les atribuyen".
"Todo ello determina", afirmaba, "la necesidad de que ambos sean llamados a presencia del instructor al efecto de que les sea recibida nueva declaración en calidad de investigados, lo mismo sobre estos aspectos que sobre los elementos ya obrantes en las actuaciones, acordándose después lo que resulte procedente".
Sin movimientos en las cuentas de Ábalos
El magistrado Leopoldo Puente manifestaba que "del análisis de las cuentas bancarias del Sr. Ábalos Meco no resulta la existencia de contrapartidas en favor del Sr. García Izaguirre que pudieran compensar la realización de dichos gastos, en principio, enteramente ajenos a la responsabilidad de este. De ese modo, indiciariamente resulta que, o bien el Sr. García Izaguirre realizaba dichos pagos, en provecho y beneficio del Sr. Ábalos Meco, sin contrapartida explícita alguna; o bien el Sr. Ábalos le habría devuelto a aquel las cantidades adelantadas en dinero metálico o de otro desconocido modo".
Igualmente, aparece así indiciariamente justificado, puestos en relación con los ingresos regulares obtenidos por Ábalos con los gastos que el mismo habría de realizar, "que el investigado pudiera haberse beneficiado de alguna fuente irregular de ingresos, lo que se compadecería con las recepciones ilícitas de dinero en metálico que indiciariamente se le atribuyen en esta causa especial y con la circunstancia de que dichas cantidades de dinero le fueran entregadas para ambos al Sr. García Izaguirre —por un tercero o por varios— quien después, de un modo u otro, asumiría una significativa parte de los gastos correspondientes al Sr. Ábalos Meco".
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