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El juez procesa a Errejón por agresión sexual a la actriz Elisa Mouliáa

El que fuera uno de los fundadores de Podemos se encuentra más cerca de pisar el banquillo de los imputados por un supuesto delito de agresión sexual.

El exdirigente de Sumar Íñigo Errejón, atiende a los medios a las puertas de los juzgados de Plaza de Castilla, a 16 de enero de 2025. EFE/Sergio Pérez | EFE

El juez que instruye la causa contra Íñigo Errejón por presunta agresión sexual a la actriz Elisa Mouliaá, Adolfo Carretero Sánchez, ha procesado al que fuera uno de los fundadores de Podemos, que se encuentra ahora más cerca de pisar el banquillo de los imputados en un juicio oral.

En un auto al que ha tenido acceso Libertad Digital, el titular del Juzgado de Instrucción número 47 de la Audiencia Provincial de Madrid asegura que toma esta decisión después de haber "practicado cuantas diligencias se estimaron necesarias para determinar al naturaleza y circunstancias de los hechos, de las personas que en ellos tuvieron participación, así como del órgano competente para el enjuiciamiento".

En este sentido, el magistrado ordena la tramitación de las "presentes diligencias previas" y los trámites apropiados con el objetivo de investigar si los hechos entre Errejón y Mouliaá fueren constitutivos de un presunto delito de Agresiones sexuales. Por ello, insta al Ministerio Fiscal y a las acusaciones particulares personadas a que "formulen escrito de acusación, solicitando al apertura de juicio oral en al forma prescrita por al Ley o bien el sobreseimiento de al causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente al práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación".

El magistrado recuerda en el auto que el acusado puede interponer un recurso de apelación contra el procesamiento en los próximos días y realiza un repaso por el procedimiento que se ha realizado para llegar hasta el procesamiento de Errejón. "Como hemos desarrollado en los anteriores Fundamentos de Derecho, los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental, por lo que el procedimiento no puede ser archivado en esta Instancia, sopena que el Juez Instructor supla el papel de Juzgador", reza el documento al que ha tenido acceso LD.

Elisa Mouliaá: "El día que denuncié a Errejón, el universo me habló"

Cabe recordar que, para que un magistrado instructor procese a un acusado no tienen que existir pruebas de su culpabilidad, sino mínimos indicios de que el acusado cometió el delito del que se le acusa, por lo que se le sigue presuponiendo la inocencia al que también fuera portavoz de Sumar en el Congreso, cargo que dejó después de hacerse público sus actitudes inapropiadas con varias mujeres.

En cualquier caso, el proceso terminará dilucidando si el primero de los tres encuentros de índole sexual que mantuvieron Mouliaá y Errejón —según la denuncia que interpuso la actriz— pueden ser constitutivos de un delito contra la libertad sexual con carácter continuado.

La denuncia de Mouliaá

Siempre según la denuncia de Mouliaá, Errejón le habría dado un beso en la boca en un ascensor —subiendo a un piso donde había una fiesta de unos amigos de Mouliaá— "introduciéndole la lengua hasta al campanilla", después de que se conocieran en la presentación del libro y haber hablado por mensajes en redes sociales durantes meses. El beso, según expresa la denunciante, la "dejó sin reacción" y acabó entrando en la casa. Posteriormente, después de charlar y bailar un rato, Errejón supuestamente habría aprovechado que Mouliaá había bebido alcohol —que tuvo un efecto mayor debido a su medicación psiquiátrica— para llevarla del brazo a una habitación, empujarla hacia la cama, lamerle los pechos y sacarse el pene.

Después de este hecho, Mouliaá se habría zafado del acusado saliendo de la habitación y permaneciendo en la fiesta "aturdida" hasta que Errejón le propuso, siempre según la versión de la denunciante, ir a su casa en un taxi; algo que ella aceptó. Una llamada del padre de la denunciante informándole que su hija –la de Mouliaá— tenía 40 grados de fiebre habría frustrado el camino a casa del entonces diputado parando a Errejón en su intento de "manosearla" con alusiones a la Ley del Solo Sí es Sí, norma que propugno el espectro político del que Errejón es considerado mentor.

"La versión de al Sra. Mouliaá es negada por el investigado Sr. Errejón, quien reconoce que la besó en el ascensor, al toqueteó y manoseó en al fiesta y empezó a tocarla en su casa, pero todo ello con su consentimiento sin que notase a la Sra. Mouliaá bebida, permitiendo que es fuera cuando quiso con al mayor normalidad", explica el auto sobre la versión del expolítico. Errejón achaca a la actriz de intentar conseguir notoriedad pública con la denuncia para lucrarse en televisión y en otros medio a costa de su imagen pública, ya que, según el denunciado, la carrera como actriz de Mouliaá "no iba bien".

"Errejón era un baboso"

Varios testigos han declarado en el proceso de instrucción que no vieron los hechos y que habían bebido mucho en la citada fiesta. Sin embargo, una persona que en ese momento mantenía relación de amistad con la denunciante y que ha declarado haber roto lazos con ella, explicó que Mouliaá le mandó un mensaje al día siguiente asegurando que "Errejón era un baboso, que se había propasado con ella en al casa y que le tuvo que parar".

"El principal indicio probatorio es la declaración de la perjudicada Sra. Mouliaá", explica el magistrado instructor, que detalla que, para que la declaración de una víctima pueda ser un indicio probatorio se tiene que dar tres requisitos: que el denunciante tenga cierta credibilidad, que su relato tenga verosimilitud y que persista en su incriminación. Así, el juez valora que, si bien Mouliaá no recuerda todos los detalles de los hechos, su relato durante el interrogatorio dado en la fase de instrucción ha sido "coherente". Después de los hechos denunciados, Mouliaá y Errejón tuvieron dos encuentros más.

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