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El Supremo cifra en 80.000 euros las costas que deberá pagar Álvaro García Ortiz tras el juicio

La sentencia condenatoria impuso también al ex fiscal general una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros por daños morales.

La sentencia condenatoria impuso también al ex fiscal general una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros por daños morales.
Álvaro García Ortiz | EFE

El Tribunal Supremo ha cifrado en 79.942,70 euros las costas por el proceso judicial por el que el ex fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, fue condenado por un delito de revelación de secretos de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

Así se desprende de una diligencia en la que el Alto Tribunal desglosa que la minuta del abogado de González Amador asciende hasta los 64.778,78 euros. A esta cifra se le suman los 13.603,32 euros de IVA y los 1.560,38 euros de los honorarios profesionales de la procuradora.

Además de la inhabilitación, la sentencia condenatoria impuso al ex fiscal general una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros por daños morales.

El letrado de González Amador presentó un escrito alegando "una evidente complejidad en ambas vertientes, material y procesal". Debido a la la situación excepcional del caso, el abogado señaló la falta de "referentes objetivos y transparentes para la cuantificación de los honorarios a efectos de tasación de costas". Por lo que su decisión se iba a basar en los "criterios orientativos" del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM).

Trámite del indulto

A finales de enero se conoció que el Ministerio de Justicia había puesto en marcha el trámite después de recibir una solicitud de indulto total por parte de dos particulares en favor del ex fiscal general. Fuentes fiscales mostraron su malestar a este diario señalando que la decisión del Supremo de condenar a García Ortiz se trata de una decisión "razonada y razonable".

De igual manera expresaron que este tipo de medidas deberían estar orientadas a "casos excepcionales" y no comparten que la tramitación del indulto se haya producido con la sentencia "tan reciente".

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