Las polémicas declaraciones de la vicepresidenta del Gobierno con motivo de la absolución de Dani Alves no solo han generado un gran revuelo por el atropello que dichas palabras suponen para la presunción de inocencia del aludido, sino para el conjunto de los hombres, a quienes María Jesús Montero niega un derecho consagrado en el artículo 24.2 de nuestra Carta Magna.
Así lo han constatado todas las asociaciones de jueces, que, de forma unánime, han emitido un comunicado en el que recuerdan que las resoluciones judiciales se adoptan "tras un análisis exhaustivo de las pruebas presentadas y conforme a la legislación vigente". Y ese es precisamente el punto en el que los magistrados consideran que debería centrarse el debate.
A pesar de que la número 2 del presidente del Gobierno pretenda situar "el testimonio de mujeres jóvenes, valientes, que deciden denunciar a los poderosos" por encima de la presunción de inocencia, la realidad es que tanto la Ley como la jurisprudencia —buena parte de ella generada por el hoy presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido—son las que marcan los límites y justifican la absolución del futbolista.

