L D (EFE)
En un auto notificado este lunes, el magistrado justifica su decisión diciendo que "todo el entramado o proyecto presuntamente está dirigido y generado por ETA y responde a una estrategia terrorista". En la resolución se acuerda también la suspensión de los poderes de los órganos de administración de las sociedades citadas, salvo en los extremos relativos a la defensa jurídica de sus intereses.
Para el juez, la investigación ha revelado que "todo el entramado o proyecto presuntamente está dirigido y generado por ETA, responde a una estrategia terrorista y atiende a una actuación a medio y largo plazo, pero que en todo caso responde a intereses terroristas evidentes" .
Así se deduce de la base documental que obra en la causa, "y considerando que no se trata de un solo documento, sino de más de diez, y a lo largo de varios años, y todos ellos encontrados en poder de dirigentes o responsables de ETA", y en los que se menciona a quienes han ejecutado esa actuación que según del Olmo responde a los intereses de la banda. Se trata de personas "que desde un principio no ya generan el proyecto (...), sino que lo dirigen, controlan en los cargos directivos, se sustituyen cuando fallecen o dejan la función que hasta ese momento han desempeñado (siempre, eso sí, tras la dación de cuenta a la dirección de ETA y la decisión de ésta), y permanecen en la actualidad controlando y dirigiendo ese proyecto".
Del Olmo sostiene que la intervención de ETA se mantiene aún hoy, "más de diez años después", y aporta como dato relevante "que las personas en su momento designadas o que obtuvieron el visto bueno de ETA siguen siendo las mismas en los puestos directivos esenciales (presidente del Consejo de Administración, Consejero Delegado, director del periódico)" .
Añade que "no cabe considerar lógico ni mínimamente creíble que una organización terrorista, tras conseguir generar y controlar un proyecto (útil dentro de su estrategia terrorista y que incluso ha conseguido el respaldo económico de las subvenciones oficiales), lo abandone y lo dote de independencia y autonomía". De hecho, el magistrado afirma que si Euskaldunon Egunkaria ha procurado "enmascarar" sus vínculos con ETA ha sido para "minimizar riesgos de persecución penal".
En este sentido, Del Olmo señala que "en la primera fase de asentamiento del proyecto, en el intento de no llamar la atención de modo especial, el periódico no recogió comunicados de ETA durante los años 1990, 1991, 1992, 1993, 1994 y 1995, comenzando su acogimiento y publicación de modo habitual desde el año 1996 hasta la actualidad".
El juez concluye que ETA, una vez asegurado el control de la dinámica de creación de un diario en euskera, la participación en su financiación, la designación de los miembros del Consejo de Administración entre sus integrantes o de KAS y el control de la línea editorial del periódico a través del nombramiento de sus directores, no ha "abandonado ni olvidado" el proyecto. Este se enmarca, según el auto, entre las actividades de ETA "dirigidas a mediar entre la organización terrorista clandestina y eventuales sectores sociales proclives a compartir las actuaciones, fines u objetivos" de la banda.
"Dentro de esas actividades mediadoras dirigidas a articular y robustecer el eventual respaldo popular", prosigue la resolución, figuran sociedades como Egunkaria, "dirigidas y mantenidas para aglutinar a su alrededor intereses y fines de la organización terrorista, pero con una apariencia de estricta legalidad y con la cobertura de una actuación absolutamente legítima" .
El juez admite que, con la clausura de Egunkaria, "se ocasionan unos perjuicios evidentes y manifiestos (...), tanto a nivel laboral como en cuanto a la libertad informativa y de expresión de quienes sin otro interés absolutamente legítimo que su trabajo, de expresar y difundir sus ideas e información en euskera, y de recibir información en euskera, se hacían merecedores de protección de esos derechos legítimos".
Sin embargo, añade que "no existe otra posibilidad legal de medida menos lesiva o menos perjudicial", y dice que "el Estado (...) debe atender a que la presunta actividad delictiva no continúe, ni se mantengan sus efectos, dada la gravedad de la misma".
Para el juez, la investigación ha revelado que "todo el entramado o proyecto presuntamente está dirigido y generado por ETA, responde a una estrategia terrorista y atiende a una actuación a medio y largo plazo, pero que en todo caso responde a intereses terroristas evidentes" .
Así se deduce de la base documental que obra en la causa, "y considerando que no se trata de un solo documento, sino de más de diez, y a lo largo de varios años, y todos ellos encontrados en poder de dirigentes o responsables de ETA", y en los que se menciona a quienes han ejecutado esa actuación que según del Olmo responde a los intereses de la banda. Se trata de personas "que desde un principio no ya generan el proyecto (...), sino que lo dirigen, controlan en los cargos directivos, se sustituyen cuando fallecen o dejan la función que hasta ese momento han desempeñado (siempre, eso sí, tras la dación de cuenta a la dirección de ETA y la decisión de ésta), y permanecen en la actualidad controlando y dirigiendo ese proyecto".
Del Olmo sostiene que la intervención de ETA se mantiene aún hoy, "más de diez años después", y aporta como dato relevante "que las personas en su momento designadas o que obtuvieron el visto bueno de ETA siguen siendo las mismas en los puestos directivos esenciales (presidente del Consejo de Administración, Consejero Delegado, director del periódico)" .
Añade que "no cabe considerar lógico ni mínimamente creíble que una organización terrorista, tras conseguir generar y controlar un proyecto (útil dentro de su estrategia terrorista y que incluso ha conseguido el respaldo económico de las subvenciones oficiales), lo abandone y lo dote de independencia y autonomía". De hecho, el magistrado afirma que si Euskaldunon Egunkaria ha procurado "enmascarar" sus vínculos con ETA ha sido para "minimizar riesgos de persecución penal".
En este sentido, Del Olmo señala que "en la primera fase de asentamiento del proyecto, en el intento de no llamar la atención de modo especial, el periódico no recogió comunicados de ETA durante los años 1990, 1991, 1992, 1993, 1994 y 1995, comenzando su acogimiento y publicación de modo habitual desde el año 1996 hasta la actualidad".
El juez concluye que ETA, una vez asegurado el control de la dinámica de creación de un diario en euskera, la participación en su financiación, la designación de los miembros del Consejo de Administración entre sus integrantes o de KAS y el control de la línea editorial del periódico a través del nombramiento de sus directores, no ha "abandonado ni olvidado" el proyecto. Este se enmarca, según el auto, entre las actividades de ETA "dirigidas a mediar entre la organización terrorista clandestina y eventuales sectores sociales proclives a compartir las actuaciones, fines u objetivos" de la banda.
"Dentro de esas actividades mediadoras dirigidas a articular y robustecer el eventual respaldo popular", prosigue la resolución, figuran sociedades como Egunkaria, "dirigidas y mantenidas para aglutinar a su alrededor intereses y fines de la organización terrorista, pero con una apariencia de estricta legalidad y con la cobertura de una actuación absolutamente legítima" .
El juez admite que, con la clausura de Egunkaria, "se ocasionan unos perjuicios evidentes y manifiestos (...), tanto a nivel laboral como en cuanto a la libertad informativa y de expresión de quienes sin otro interés absolutamente legítimo que su trabajo, de expresar y difundir sus ideas e información en euskera, y de recibir información en euskera, se hacían merecedores de protección de esos derechos legítimos".
Sin embargo, añade que "no existe otra posibilidad legal de medida menos lesiva o menos perjudicial", y dice que "el Estado (...) debe atender a que la presunta actividad delictiva no continúe, ni se mantengan sus efectos, dada la gravedad de la misma".
