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El CGPJ inicia los trámites para apartar a Garzón de la Audiencia Nacional

El Consejo General del Poder Judicial ha acordado iniciar este martes los trámites correspondientes para suspender cautelarmente al juez Baltasar Garzón. Esta decisión llega tras los autos del Supremo donde se aprecian serios indicios de que el juez pudo cometer un delito de prevaricación.

Liaño opina sobre la posible suspensión de Garzón

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El Consejo General del Poder Judicial ha acordado iniciar este martes los trámites correspondientes para suspender cautelarmente al juez Baltasar Garzón. Esta decisión llega tras los autos del Supremo donde se aprecian serios indicios de que el juez pudo cometer un delito de prevaricación.

El juez Baltasar Garzón tiene ya un pie fuera de la Audiencia Nacional. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado por unanimidad iniciar este martes los trámites correspondientes para suspender cautelarmente al juez estrella.

Según han señalado fuentes del gobierno de los jueces a Libertad Digital, el Consejo ha adoptado esta decisión a raíz de los últimos autos emitidos por el Tribunal Supremo. En concreto, en la resolución donde se admitía a trámite la querella contra el instructor por “los cobros de Nueva York” y en el demoledor auto del magistrado Luciano Varela donde se ratifican los serios indicios sobre un posible delito de prevaricación del juez a la hora de abrir causa general a la Guerra Civil y el franquismo.

Ahora, la Comisión informará al Ministerio Público (cumpliendo el artículo 384.1 de la LOPJ) de la situación procesal en la que se encuentra el magistrado de la Audiencia Nacional para que el fiscal se postule a favor o en contra de la suspensión de Garzón. Eso sí, el informe de la fiscalía no es vinculante pero sí preceptivo para proceder a la inhabilitación del juez. 

Por su parte, el fiscal no tiene un plazo establecido para elevar su informe a la Comisión Permanente, encargada de decidir si se suspende o no temporalmente a Garzón hasta que se resuelvan los dos asuntos abiertos por la vía penal contra el instructor en el Supremo.  

Por ley, el Consejo sólo está obligado a apartar a Garzón de la Audiencia Nacional una vez que se haya dictado auto de procesamiento o de apertura de juicio oral contra él. Este proceder se contempla en el artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que exige como requisito para poder suspender a un juez que un tribunal haya acordado que se puede proceder contra él. Punto hasta donde el Tribunal Supremo no ha llegado todavía.

Así actuó el CGPJ en el caso del magistrado Javier Gómez de Liaño, el otro juez de la Audiencia Nacional que junto con Garzón tuvo que declarar ante el Alto Tribunal acusado por prevaricación en el caso Sogecable. Gómez de Liaño fue suspendido en sus funciones y absuelto a posteriori por el Tribunal de Estrasburgo. 

Por su parte, el Consejo ha decidido este martes dar un paso más tras recibir los autos del Alto Tribunal y ante los contundentes indicios hallados por el Supremo a la hora de afirmar que Garzón pudo haber cometido un delito de prevaricación. Es decir, dictar resoluciones injustas a sabiendas de que lo son. Así, el gobierno de los jueces inicia este martes el procedimiento para apartar al juez estrella del juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

La Comisión Permanente del CGPJ está compuesta por los vocales Margarita Robles, Almudena Lastra, Manuel Almenar y Antonio Dorado Picón y por el presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Dívar.

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