Libertad Digital (Efe) En 1978 Celaya y Larzábal decidieron dar muerte al taxista Amancio Barreiro, a quien consideraban un confidente policial, para lo que el 2 de septiembre de ese año Cincunegui trasladó a sus dos compañeros desde Azpeitia (Guipúzcoa) hasta Pasajes de San Pedro, donde éstos provistos de pistolas llegaron a una parada de taxis.
Tras esperar a que la víctima estuviera sola, subieron al taxi y le pidieron que les llevara a Usúrbil, donde le hicieron detener el vehículo, le pidieron la cartera y, tras comprobar por el DNI que era la persona que buscaban y sin que éste tuviera "la más mínima oportunidad de defenderse, dispararon contra el taxista no menos de tres veces (dos contra la cabeza) causándole la muerte inmediata".
Después- prosigue el relato del fiscal- los terroristas se apoderan del taxi y la cartera y abandonaron posteriormente el vehículo.
Celaya redactó un comunicado reivindicando el crimen, manuscrito que fue posteriormente encontrado por la Policía.
El fiscal considera los hechos constitutivos de un delito de asesinato terrorista y de otro de hurto.
Tras esperar a que la víctima estuviera sola, subieron al taxi y le pidieron que les llevara a Usúrbil, donde le hicieron detener el vehículo, le pidieron la cartera y, tras comprobar por el DNI que era la persona que buscaban y sin que éste tuviera "la más mínima oportunidad de defenderse, dispararon contra el taxista no menos de tres veces (dos contra la cabeza) causándole la muerte inmediata".
Después- prosigue el relato del fiscal- los terroristas se apoderan del taxi y la cartera y abandonaron posteriormente el vehículo.
Celaya redactó un comunicado reivindicando el crimen, manuscrito que fue posteriormente encontrado por la Policía.
El fiscal considera los hechos constitutivos de un delito de asesinato terrorista y de otro de hurto.
