
L D (Europa Press) El reglamento por el que se autoriza esta medida desarrollará la Ley Orgánica 12/2003, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo, que entró en vigor durante el Gobierno del PP y por la que se creaba la CVFAT. José Antonio Alonso decidió activar las posibilidades que presentaba el texto legal para combatir uno de los pilares fundamentales de la actividad terrorista.
En la Comisión están presentes el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, el Ministerio de Justicia, el de Economía y Hacienda, el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención contra el Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) del Banco de España y la Fiscalía de la Audiencia Nacional, en representación de la cual participa el mismo fiscal jefe, como otra garantía de las medidas acordadas.
El bloqueo afectará a dinero en efectivo, valores o cualquier otro medio de pago, incluidos los electrónicos, ante la sospecha de que provengan de operaciones financieras relacionadas con actividades terroristas. Los fondos bloqueados permanecerán custodiados por las entidades donde hubieran sido depositados, pero a disposición siempre de la Comisión, de forma que ésta pueda autorizar a que se pague con parte de ellos a empleados o a la Seguridad Social.
La CVFAT entenderá por bloqueo la prohibición de efectuar cualquier movimiento o transferencia de capitales o activos financieros que puedan motivar un incremento o disminución de esa cifra. También se impedirá que ese capital cambie de localización, propietario, destinatario o persona autorizada para hacer uso de él. Este bloque podrá ser aplicado asimismo sobre la gestión de una cartera de valores.
Podrá también impedir abrir nuevas cuentas
La información que suministren las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado u organismos internacionales a diferentes entidades podrá provocar que éstas prohíban abrir cuentas en España a determinados individuos, previa orden de la Secretaría de la Comisión de Vigilancia. Con todo, el Reglamento prevé que sea beneficioso para las investigaciones permitir abrir una cuenta a sospechosos de terrorismo con el objeto de continuar las pesquisas, caso en el que las entidades financieras mantendrán permanentemente informada a la CVFAT.
Tanto las medidas de bloqueo, prohibición o una tercera, de observación de las cuentas bancarias, serán suspendidas cuando el juez que dirija una investigación por terrorismo así lo determine a través de una sentencia o durante la investigación, aunque la CVFAT también tendrá potestad para retirar esa orden si en el transcurso de sus propias pesquisas desvincula dicho capital de cualquier actividad terrorista.
