L D (Agencias) Mediante un Real Decreto, que aprobó este viernes el Consejo de Ministros, se constituye un nuevo modelo de organización de la Fuerzas de los tres Ejércitos en la ejecución de aquellas misiones que le sean encomendadas. El Real Decreto configura esta estructura como una cadena de autoridades militares situadas en tres niveles y precisa para cada uno de ellos sus cometidos y los procedimientos de relación tanto con las autoridades de las Fuerzas Armadas, como con las del Ministerio de Defensa implicadas en el cumplimiento de las misiones asignadas.
El JEMAD se ocupará del nivel estratégico; el comandante del mando de operaciones y los de los mandos conjuntos que se constituyen dirigirán el nivel operacional, y los de las fuerzas conjuntas y específicas asignados a las operaciones controlarán el nivel táctico.
En la estructura operativa, que constituye el instrumento de empleo del potencial militar nacional, corresponde al presidente del Gobierno ejercer su autoridad para ordenar, coordinar y dirigir la actuación de las Fuerzas Armadas, así como disponer de su empleo. La responsabilidad de ejercer su mando recae sobre el jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), que depende del ministro de Defensa.
El JEMAD se ocupará del nivel estratégico; el comandante del mando de operaciones y los de los mandos conjuntos que se constituyen dirigirán el nivel operacional, y los de las fuerzas conjuntas y específicas asignados a las operaciones controlarán el nivel táctico.
En la estructura operativa, que constituye el instrumento de empleo del potencial militar nacional, corresponde al presidente del Gobierno ejercer su autoridad para ordenar, coordinar y dirigir la actuación de las Fuerzas Armadas, así como disponer de su empleo. La responsabilidad de ejercer su mando recae sobre el jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), que depende del ministro de Defensa.
Pagas adicionales
El Consejo de Ministros aprobó también un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por un Real Decreto de 4 de noviembre de 2005. La aprobación de las referidas pagas adicionales alcanza a la totalidad del personal de las Fuerzas Armadas, tanto en servicio activo como en reserva; en total, 142.543 efectivos. La cuantía de la citada medida retributiva asciende a 33,37 millones de euros para el año 2007.
Desde la aprobación del Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, se han producido un conjunto de modificaciones normativas recogidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 y en la Ley de Tropa y Marinería, que afectan al sistema retributivo del personal de las Fuerzas Armadas y que hacen necesario acometer su actualización.
Por lo que se refiere a la Ley de Tropa y Marinería, existe, igualmente, una repercusión directa en las retribuciones, fundamentalmente en la regulación de los trienios de los militares profesionales de tropa y marinería. Establece que, a partir del inicio del compromiso de larga duración, el personal profesional de tropa y marinería devengará trienios y se computará a estos efectos el tiempo de servicio desde la fecha del compromiso inicial.
El aspecto más significativo es la adecuación del Reglamento a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, cuyo artículo 21 dispone un incremento del 1 por 100 en la masa salarial a percibir por los empleados públicos, que se destinará al aumento del complemento específico, con el fin de lograr, en sucesivos ejercicios, una acomodación de tales complementos que permita su percepción en catorce pagas al año, doce ordinarias y dos adicionales en junio y diciembre.
