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SIN NI SIQUIERA INTERROGARLE

El juez archiva la querella contra el supercomisario Juan Antonio González

En apenas una página el juez Mariano Ascandoni Lobato ha desestimado la querella de cinco informadores del CNI contra el supercomisario de Rubalcaba Juan Antonio González, y que le acusaba de cinco delitos. Según La Gaceta, ni siquiera le ha interrogado.

La Gaceta informa de que el titular del Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid, Mariano Ascandoni Lobato, ha archivado la querella de cinco colaboradores del CNI contra el supercomisario Juan Antonio González García.

La demanda incluía presuntos delitos de denuncia falsa, detención ilegal, falsedad documental, infidelidad en la custodia de documentos, contra la inviolabilidad del domicilio y "demás garantías de la intimidad", publica el diario.

Los querellantes apuntaban a una persecución por descubrir en que la trama de la operación Malaya había un alto mando policial implicado.

El juez ha llegado a esta decisión a pesar de no haber ordenado las diligencias solicitadas por los querellantes para clarificar los hechos denunciados y que hacían especial hincapié en la identificación de quién se oculta tras las iniciales JAG que aparecían en la agenda personal de Juan Antonio Roca, principal acusado por la operación Malaya.

El juez ni siquiera ha tomado declaración a González por los delitos de los que se le acusa, según La Gaceta. El juez sólo se ha fundamentado en el escrito del Ministerio Fiscal, y considera que los hechos denunciado no desprenden "la concurrencia de indicios de la suficiente entidad para considerar la existencia de algún tipo de actuación policial no amparada por la legalidad".

De hecho, su auto, dice el diario, se extiende a lo largo de apenas una página y fue notificado a las partes sólo un día después de que el diario publicase la noticia original de la demanda, el pasado 8 de noviembre (de la que se hizo eco Libertad Digital).

Ascandoni considera que las actuaciones policiales no estaban "dirigidas" a la "averiguación de la comisión de infracciones penales sino a otros objetivos no amparados por el ordenamiento jurídico". Esto justifica la interceptación de correos electrónicos de uno de los querellantes con un agente del CNI, así como la intervención de los teléfonos de todos ellos, el registro de la oficina de Noel Francis en Londres, y la detención e interrogatorio de tres de ellos. De todas las investigaciones policiales en las que la Fiscalía enmarca estas acciones, los implicados salieron libres de cualquier cargo.

El juez insiste en que "la adopción de una medida de investigación en el ámbito de un procedimiento penal (...) motivada por la posible concurrencia de elementos incriminatorios contra alguna persona, es perfectamente posible (...) pudiendo darse el caso del sobreseimiento de aquél, de considerarse por el juez instructor la inexistencia de motivos para mantener las imputaciones".

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