
L D (EFE)
Los dieciséis magistrados de la llamada "Sala del 61" tienen de plazo hasta este sábado para decidir si la lista de Aukera Guztiak puede concurrir o no a los comicios vascos del 17 de abril. Si es anulada por el Supremo, la plataforma podría presentar en un plazo de dos días un recurso ante el Tribunal Constitucional, que tendría que resolverlo antes del 1 de abril, fecha de comienzo de la campaña electoral en el País Vasco.
La lista de Aukera Guztiak a las elecciones vascas ha sido impugnada por el Gobierno y la Fiscalía por sus vínculos con ETA y con la ilegalizada Batasuna. Las impugnaciones fueron contestadas este viernes, quince minutos antes de que finalizara el plazo, por AG en unas alegaciones contenidas en 74 folios que presentó en el juzgado de guardia de Bilbao y que fueron remitidas por fax al Tribunal Supremo.
Los miembros de la Sala del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, integrada por dieciséis jueces, analizaron durante todo este viernes los argumentos expuestos por la Fiscalía y la Abogacía del Estado y las alegaciones de AG, pero no tomaron decisión alguna al respecto. Lo que sí acordó la Sala Especial fue que no se entregue, por motivos de seguridad, el censo electoral a la candidatura impugnada, tal y como había solicitado la Abogacía del Estado.
El Supremo ya adoptó una decisión similar cuando se impugnaron las listas de Herritarren Zerrenda a las elecciones europeas celebradas el 13 de junio del pasado año por su relación con Batasuna. En aquella ocasión, el Alto Tribunal entendió que "la obtención de los datos censales actualizados por los ciudadanos podría conllevar un potencial e importantísimo riesgo para la seguridad de muchos de ellos".
La lista de Aukera Guztiak a las elecciones vascas ha sido impugnada por el Gobierno y la Fiscalía por sus vínculos con ETA y con la ilegalizada Batasuna. Las impugnaciones fueron contestadas este viernes, quince minutos antes de que finalizara el plazo, por AG en unas alegaciones contenidas en 74 folios que presentó en el juzgado de guardia de Bilbao y que fueron remitidas por fax al Tribunal Supremo.
Los miembros de la Sala del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, integrada por dieciséis jueces, analizaron durante todo este viernes los argumentos expuestos por la Fiscalía y la Abogacía del Estado y las alegaciones de AG, pero no tomaron decisión alguna al respecto. Lo que sí acordó la Sala Especial fue que no se entregue, por motivos de seguridad, el censo electoral a la candidatura impugnada, tal y como había solicitado la Abogacía del Estado.
El Supremo ya adoptó una decisión similar cuando se impugnaron las listas de Herritarren Zerrenda a las elecciones europeas celebradas el 13 de junio del pasado año por su relación con Batasuna. En aquella ocasión, el Alto Tribunal entendió que "la obtención de los datos censales actualizados por los ciudadanos podría conllevar un potencial e importantísimo riesgo para la seguridad de muchos de ellos".
