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DICE QUE NO ES DE SU COMPETENCIA

La Audiencia Nacional archiva la querella de la AVT por los títulos de la UPV a presos etarras

La Audiencia Nacional ha archivado la querella de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) contra los responsables de "la obtención fraudulenta de títulos universitarios en la Universidad del País Vasco (UPV) por parte de miembros de ETA", al estimar que la causa no es de su competencia.

L D (EFE) Así lo acuerda el magistrado de la Audiencia Nacional Félix Degayón en un auto en el que recuerda que en la Fiscalía de este tribunal ya se tramitaron diligencias de investigación sobre las supuestas relaciones entre ETA y la UPV y fueron remitidas a la del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), por lo que "procede no aceptar la competencia y archivar el procedimiento".

La AVT, que dirigió su querella contra "todas aquellas personas que la instrucción de la causa pudiera revelar como responsables, tanto penal como civilmente, en cualquier grado de participación", calificaba los hechos como delitos de falsedad en documentos oficiales, colaboración con banda armada (de donde vendría la competencia de la Audiencia Nacional) y prevaricación.
 
En el escrito, Degayón recoge las causas que son competencia de la Audiencia Nacional, que son aquellos delitos cometidos por personas integradas en bandas armadas o relacionadas con elementos terroristas o rebeldes, siempre y cuando la comisión del delito contribuya a su actividad. Además, continua el escrito, también será competencia de ese tribunal los delitos en los que intervengan personas que aunque no pertenezcan a esas bandas, sin embargo cooperen o colaboren con ellas.

Es por esto que el juez entiende que "con la sola afirmación" de la obtención de redención de las penas en el trabajo por estudios universitarios, "no puede sostenerse la competencia de la Audiencia Nacional". Según el juez, "no existe extremo o elemento alguno del que se deduzca que la comisión de los delitos denunciados en la querella haya estado orientada al favorecimiento" de ETA, y "menos aún" añade Degayón, "de la asunción de los actos de violencia propugnados por el entorno de ETA".

En este sentido, el juez señala en el auto que la causa debería ser instruida por la Audiencia Nacional "únicamente" si la concesión de tales títulos hubiese favorecido o "esté favoreciendo" a la consecución de los fines de la banda terrorista. Además, según Degayón, los hechos relatados en la querella de la AVT están "por el momento, huérfanos de cualquier corroboración, y están basados en meras informaciones publicadas en medios de comunicación".

También añade el magistrado en la resolución que "ningún otro dato de la querella pone de manifiesto que mediante la obtención de dichos títulos se favorezca la actividad de ETA". Ya el pasado 7 de noviembre, el fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Angel Carballo solicitó al juez que archivara la querella de la AVT porque aseguraba que de ella "no se deduce delito de competencia de la Audiencia Nacional, siendo más bien, y en todo caso, delitos de falsedad y prevaricación". En el caso de que la Fiscalía del TSJPV estime que, además de constituir delito, "se trata de alguna de las conductas de colaboración, procederá que a por los Juzgados Centrales de Instrucción se inicien correspondientes actuaciones penales para su instrucción".

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