
L D (Europa Press) El magistrado dictó el sábado un auto denegando a petición realizada por el fiscal de la Audiencia Nacional Fernando Burgos para prohibir esta marcha, en la que participaron el dirigente de la formación ilegalizada Batasuna Joseba Permach y el ex portavoz de Gestoras Pro Amnistía Juan María Olano.
En su auto, el magistrado remitió testimonio de las diligencias a la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional, a la que corresponde el enjuiciamiento de seis responsables de esta organización de apoyo a presos, "a los efectos que procedan en orden al control de la suspensión de actividades de Askatasuna".
Según Pedraz, la autoridad gubernativa, en este caso el director de la Ertzaintza, debió valorar que "la manifestación no es ilícita" porque la misma no estaba convocada por la organización suspendida Askatasuna, sino por una ciudadana, Ohiana Aguirre García, que "goza del pleno ejercicio de sus derechos civiles, como igualmente los posibles promotores".
Añade además que, en aras al "principio de intervención mínima del Derecho Penal", no es a los juzgados centrales de instrucción a los que corresponde resolver sobre la licitud o no de la manifestación convocada (y con ello prohibirla o no)", puesto que la causa contra Askatasuna fue ya elevada a la Sala de lo Penal.
