
(Libertad Digital) La Operación Pipol se desarrolló en julio de 2001 y permitió desarticular una red de venta de drogas y explosivos. La integraban los confidentes de la Policía Emilio Suárez Trashorras y Antonio Toro. El ex minero y su cuñado, imputados en el sumario del 11-M, se enfrentan una pena de 17 años de cárcel por los delitos de tráfico de estupefacientes y explosivos. El juez Del Olmo, en el sumario de la masacre de Madrid les acusa de facilitar la dinamita utilizada en los atentados.
En la operación por la que son juzgados a partir de este lunes, los agentes se incautaron de 16 cartuchos de Goma 2, como la que el sumario sostiene que fue utilizada en los atentados del 11-M, y 94 detonadores industriales. También más de 86 kilos de hachís y cerca de tres kilos de cocaína. En el escrito de acusación de la Fiscalía, el ex minero y cuñado son los únicos acusados a los que se imputa un delito de tenencia, depósito y tráfico de sustancias y aparatos explosivos por el que pide penas de siete años de prisión.
La operación se centró en la droga incautada, sin que se investigase la procedencia de la Goma-2 y de los detonadores hallados, que procederían de robos en minas asturianas en las que Suárez Trashorras había trabajado.
Procesamiento cinco meses antes del 11-M
La pasada semana desvelaba El Comercio que el juez Juan Laborda inició el procesamiento de Suárez Trashorras y Toro Castro por un delito de tenencia de sustancias y aparatos explosivos cinco meses antes de la masacre de Madrid. Y apuntaba: "No sólo eso. Casi un año antes de los atentados del 11-M, el fiscal Antidroga de Asturias, José Perals, acusaba directamente a los dos avilesinos de esos delitos".
Detallaba el diario que "en un documento del 12 de mayo de 2003, el entonces recién llegado al cargo de fiscal Antidroga de Asturias, José Perals, dictaba, en el marco de la denominada operación Pipol, una providencia dirigida al citado magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Gijón para que procesara a Antonio Toro Castro y a José Emilio Suárez Trashorras por un delito de depósito de sustancias y aparatos explosivos, tipificado en el artículo 568 del Código Penal. El 6 de octubre, el juez contestó de forma positiva a esa solicitud". La operación policial se había desarrollado dos años antes.
Hasta ahora se desconocía este procesamiento que "pone de relieve que no sólo la Policía y la Guardia Civil sabían, a través de sus confidentes y de denuncias de particulares, que Trashorras tenía fácil acceso a cantidades importantes de dinamita para su posterior venta en el mercado ilegal, sino que también el juez que instruyó el caso Pipol tenía conocimiento de ese hecho, y le procesó por ello, antes de los atentados y no a posteriori".
