Un buen amigo de la Audiencia Nacional suele recordar a los profanos en el mundo del Derecho una enseñanza de la Escuela de práctica Jurídica que se explica a los jueces recién licenciados: “tres cosas inútiles hay en el mundo: la lluvia en el mar, las tetas en el hombre y la súplica en lo criminal”. A juzgar por lo que ha ocurrido en el caso del presunto narcotraficante Carlos Ruiz, no todos los recursos de súplica son inútiles. Lo difícil ahora es valorar el resultado de ese recurso de súplica que presentó en última instancia el abogado del “narco” ¿ Fue sólo útil, útil por negligencia o útil por prevaricación? En este terreno pantanoso deliberarán los vocales que integran la Comisión Permanente del CGPJ.
La Comisión Permanente se reúne ante una opinión pública escandalizada y, también hay que decirlo, manejada por dos ministerios (Interior y Justicia) furiosos contra los jueces que excarcelaron al presunto narcotraficante fugado. Llueve sobre mojado y todavía no se han curado las ampollas de otras excarcelaciones recientes de esa misma sala. Si siguiera los dictados de la opinión pública, la Comisión Permanente se inclinaría abiertamente por abrir las puertas al expediente disciplinario. Pero como el CGPJ sabe que juega en el terreno pantanoso de una decisión jurisdiccional, lo más probable es que la Permanente decida sacudirse sus responsabilidades por el momento, trasladando el asunto al fiscal. Y será el paso intermedio para archivar finalmente las diligencias: el CGPJ habrá dado la imagen de preocupación ante lo ocurrido, pero no hará nada más porque no podrá probar el delito de prevaricación por negligencia.
Es cierto que en un tribunal colegiado sólo el magistrado que actúa como ponente se estudia en profundidad el expediente de un caso determinado. En esta ocasión, sólo el juez Carlos Cezón debía conocer el asunto a fondo, pero el auto de excarcelación debió de contar con la deliberación de los tres jueces que integran la Sala. Nadie duda de que excarcelar a un presunto capo de la droga días antes de su juicio ha sido un gran error, un error de valoración. Lo que llama la atención en la Sección Cuarta es la diferencia de criterio que mantienen a la hora de valorar las pruebas. En las excarcelaciones de EKIN y XAKI, por ejemplo, los jueces entraron a fondo en la valoración de la prueba: demasiado; y, sin embargo, con Carlos “el negro” sólo se basaron en el último informe del psiquiatra de la cárcel. Por cierto, el psiquiatra también tendría que explicar cómo, a quince días del juicio, diagnosticó un trastorno bipolar que se cura con tratamiento médico. El psiquiatra podría haber propuesto el ingreso en un centro hospitalario. Instituciones Penitenciarias –Ministerio del Interior– debería investigar también lo ocurrido.
Está claro que los jueces debieron ordenar la hospitalización del recluso con vigilancia policial. El propio presidente de la Audiencia Nacional, Carlos Dívar, ha actuado de este modo cuando se le ha presentado el caso de un preso enfermo. Dívar sabe que la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional ha cometido un grave error, pero no piensa lanzar a sus jueces ante los leones de la opinión pública.
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