Se supone que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. No parece aceptable imponer una penalización a alguien si esta persona no ha cometido ningún crimen, delito o falta. Incluso un delincuente es normalmente intocable hasta que es declarado culpable después de un juicio justo con garantías procesales. Pero a nuestros legisladores y jueces estos principios del derecho les parecen irrelevantes en ciertos casos.
Parece que muchas personas incumplen la cláusula contractual referente a mercancías audiovisuales que impide realizar copias de diversos productos culturales o creaciones artísticas como libros, películas o canciones. Pero no se sabe quién lo hace y quién no. No se dispone de datos estadísticos fiables, e incluso si estuvieran disponibles serían completamente irrelevantes. La penalización estadística es la antítesis de la justicia: no se distingue a los ciudadanos honrados de los delincuentes, y pagan justos por pecadores.
José Neri, presidente de la sDae, filial en Internet de la SGAE (Sociedad General de Autores), cree incluso que "los discos duros de los ordenadores llevarán un canon de copia privada, o los módem o el ADSL". ¿Por qué no lo extenderá también al papel, históricamente el principal almacén exosomático de información? Y ya puestos, incluyamos la memoria cerebral, el almacén endosomático sin el cual todos los demás son inútiles. Según Neri los efectos del canon para quienes usan medios informáticos sin violar derechos de autor (datos propios o de libre distribución) son irrelevantes: "porque le cueste un disco 115 pesetas en lugar de 80, pues no le va a pasar nada". ¿Qué entenderá este personaje por "nada"? Un robo grande es peor que un robo pequeño, pero ambos son ilegítimos.
Si el aumento de precio es tan irrelevante, ¿por qué pelear por él? La respuesta es que aunque la cantidad es pequeña, ésta se cobra muchas veces: hay unos beneficiarios concentrados, los creadores intelectuales y artísticos y sus representantes legales, y muchos consumidores de medios de comunicación y de almacenamiento de información entre los cuales el coste se diluye. En teoría, la SGAE defiende los derechos de autor, pero esto es una ilusión, ya que no están nada interesados en ayudar a los empresarios para promocionar sistemas antipiratería. Lo que quieren es que el gobierno haga el trabajo sucio por ellos y recaudar todo lo posible. Lo tienen fácil con nuestros legisladores y jueces.
Una empresa ha sido condenada por una juez a pagar derechos de autor a la SGAE por fabricar CD grabables (CD-R). La juez "justifica" su decisión en que a los españoles tienen el hábito de copiar sin permiso discos musicales: "es bien sabido cuál es el hábito del consumidor español, el de grabar mediante ordenador los CD legalmente adquiridos por otras personas, o grabar música directamente de Internet". Se ve que los juzgados son cada vez más flexibles a la hora de considerar qué es una prueba de culpabilidad. Todos los españoles somos culpables, menos mal que esta sabia juez nos castiga adecuadamente.
El canon de copia privada, la compensación a los autores que establece la ley española por el uso de soportes vírgenes grabables de audio y vídeo, es completamente arbitrario y sin fundamento ético. ¿Por qué 30 pesetas por hora de grabación de audio, y 50 pesetas para soportes de vídeo? ¿Acaso no saben los legisladores que todos los soportes son intercambiables y que la relación entre la información video y la información audio es muy diferente de esa? Si se paga el canon, ¿se tiene derecho a piratear todo lo que se quiera? ¿Por qué sólo se paga a los autores y no a las compañías que tienen derechos en exclusiva sobre el trabajo de esos autores? ¿Cómo es que la penalización se paga antes de cometer (o no) el delito? ¿Es que los jueces son adivinos?
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