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EDITORIAL

Garzón y el sagrado derecho de defensa

Es impensable que Garzón desconociera la Ley General Penitenciaria como el hecho de que Gürtel nada tenía que ver con el terrorismo; por lo que, en cualquier caso, sus autos destruyeron pilares básicos del ordenamiento procesal del Estado de Derecho.

Ya podrá afirmar Baltasar Garzón, tal y como ha hecho este martes ante el Tribunal Supremo que le juzga por prevaricación, que a él le interesaban "muy poco" las estrategias de defensa de los abogados de los imputados en el caso Gürtel cuando ordenó intervenir sus conversaciones en prisión. Ya podrá asegurar el otrora juez estrella que su único objetivo al ordenar esas grabaciones era impedir que, desde prisión, los imputados dieran instrucciones para mover el dinero que la organización supuestamente tenía en el extranjero y que los fondos "desaparecieran". El hecho cierto, sin embargo, es que esa supuesta "finalidad" no la hizo constar Garzón en el auto por el que autorizó esas escuchas y, sobre todo, que el artículo 51 de la Ley General Penitenciaria no puede ser más claro al afirmar que "las comunicaciones de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los procuradores que lo representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo".

Es impensable que Garzón desconociera la citada ley como el hecho de que el caso Gürtel nada tenía que ver con el terrorismo, por lo que, en cualquier caso, sus autos "destruyeron los pilares básicos del ordenamiento procesal del Estado de Derecho", tal y como afirmó, por cierto, un prestigioso referente de la izquierda judicial y magistrado de la Sala Penal del Supremo, Alberto Jorge, que por turno se encargó de instruir la causa. Y es que Garzón, con total independencia de cual fuese su finalidad, laminó con esas escuchas el núcleo duro de lo que es un proceso justo: el derecho de defensa, el derecho a no declararse culpable y el secreto profesional de los abogados.

No menos atención merecen los requerimientos que el abogado de Garzón ha hecho en la fase de cuestiones previas de la vista oral, tales como la recusación de dos magistrados de la sala, o la posibilidad de poder recurrir en segunda instancia a la Sala 61 del Supremo en caso de una hipotética condena. Ambos requerimientos han sido justamente desestimados, pues no buscaban más que una nueva dilación en el proceso y, en el caso de la reclamación de una segunda instancia, un tratamiento privilegiado y desigual en beneficio del acusado.

Con todo, lo más bochornoso ha sido el numerito circense que han montado los simpatizantes de Garzón a las puertas del Tribunal, con Gaspar Llamazares y Pilar Bardem a la cabeza. Los insultos que calificaban de "fascista" al Tribunal Supremo o las declaraciones en las que exigían "la dimisión" de los magistrados por perder "la noción de la Justicia" muestran que el respeto de los afines a Garzón por el Estado de Derecho aun es menor que la del acusado. Lo peor es que a esta bochornosa presión dirigida contra el Alto Tribunal se ha sumado nada menos que la candidata a liderar el principal partido de la oposición, Carme Chacón, quien ha afirmado que "Garzón se sienta en el banquillo por haber perseguido la corrupción".

Con unas declaraciones tan sumamente insultantes contra nuestro Estado de Derecho, Chacón refleja que su proyecto de regeneración del PSOE es tan falso como el respeto de Garzón al "sagrado" derecho de defensa.

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