Una cosa es reconocer que hay personas que padecen un severo sufrimiento por la discordancia que ofrece la percepción que tienen sobre sí mismas en cuanto a su género y el sexo biológico o asignado al nacer -lo que se conoce como "disforia de género"-, y otra cosa muy distinta aceptar la validez de esa delirante "ideología de género" según la cual las supuestas "diferencias" entre varón y mujer no provienen de la naturaleza biológica y psíquica del ser humano sino de una construcción cultural o convencional a partir de los roles y estereotipos que se asignan a los sexos. Buen ejemplo de esto último, al margen del bodrio jurídico que supone la forma en la que se ha plasmado legalmente- lo constituye el llamado Anteproyecto de Ley para la Igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI", contra el que el Consejo General del Poder Judicial acaba de emitir un informe casi tan demoledor como el que emitiera en 2001 contra el anteproyecto de la llamada "Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual".
Ignoramos si la ministra de Igual da , Irene Montero, responsable también de este último engendro, hará caso omiso del dictamen preceptivo pero no vinculante del Órgano de Gobieno de los jueces o acusará a sus miembros de impartir una "justicia patriarcal", tal y como ya hiciera poco después del dictamen del CGPJ contra ese insuperable ejemplo de inseguridad jurídica que también constituía la llamada "Ley del solo sí es sí". Lo que es evidente es que constituye un completo dislate la pretensión de la ministra de que menores de entre 12 y 14 años puedan inscribir su cambio de sexo en el registro, edad que el CGPJ reclama que se eleve a la mayoría de edad. No menos acertados son los votos concurrentes con el dictamen que señalan que la mera declaración de voluntad no puede ser por sí sola elemento suficiente para la efectividad del derecho a la rectificación registral, debiendo exigirse la acreditación -por los medios que el legislador estime proporcionados y oportunos- de la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento. Otro tanto se podría decir del voto concurrente formulado por varios vocales en el que consideran que el anteproyecto afecta a derechos fundamentales como la libertad ideológica y religiosa, la libertad de expresión y el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral con sus propias convicciones. Eso, por no hablar del unánime rechazo del CGPJ a la liberticida pretensión de Montero de prohibir las terapias encaminadas a alinear la percepción que uno tiene de sí mismo con lo que realmente esa persona es, sea hombre o mujer.
Y es que siendo repugnantes e inadmisibles los insultos e incluso la violencia que todavía sufren las personas transexuales, no es menos deplorable que se utilice este odio como excusa artera y lacrimógena para colar este bodrio antropológico y jurídico que, además de no atajar estas actitudes incívicas merecedoras de reprobación penal, no hacen otra cosa que dar rienda suelta a unos delirios ideológicos que crearían mayores problemas que los que supuestamente vienen a solucionar.

