
Todos sabemos que, cuando se rompe el tiesto, es imposible controlar el líquido que contenía. Lo mismo ocurre, cuando se destroza el marco de referencia jurídica, económica o social; lo que resultaba aberrante, acaba siendo aceptado, sin más referencia que la de, así se ha establecido.
El gobernar de Sánchez ha sido tan anárquico con la norma, que se ha perdido la propia idea del referente normativo. ¿Cuándo habríamos aceptado, sin conflicto social, que el derecho a la vida de un no nacido, dependiera del mejor derecho a decidir de su madre? O ¿Cómo se puede aceptar que la dignidad de la muerte dependa de la voluntad del pariente más próximo? ¿Qué inseguridad acarrea la elección voluntaria de sexo…? Roto el marco, nada puede importar.
¿Se ha roto también el marco de relaciones entre acreedor y deudor? ¿Por qué Sánchez y sus palmeros, hablan tanto de condonaciones de deudas? Quizá para asegurar el mal, conviene presentarlo, familiarmente, como bien.
La R.A.E. es muy escueta en la definición de condonar: "Perdonar o remitir una pena de muerte o una deuda". Pero si entramos en el Código Civil, veremos que la condonación es un acto jurídico por el que un acreedor libera al deudor de su obligación hacia él.
Y, dirá más: cuando el acreedor es el Estado, sólo se puede realizar la condonación, en los casos en que expresamente la ley lo autorice, y debido a causas insoslayables de justicia –condonación de deuda a los países en desarrollo, por ejemplo– [Código Civil, capítulo IV "De la extinción de las obligaciones" artículos 1156 y siguientes, y especialmente, la Sección 3ª "De la condonación de la deuda", artículos 1187-1191].
De aquí mi pregunta: ¿Quién es el señor Sánchez, no siendo acreedor, para que en su nombre se esté negociando la condonación de deudas públicas con alguna Comunidad Autónoma? ¿Qué ley lo establece expresamente, y cuáles son las causas insoslayables de justicia?
En su forma de gobernar, sólo encontramos una respuesta: su tendencia natural a sentirse amo de la nación, pues para él, se tiene poder, cuando se hace lo que se quiere, sin límites constitucionales. Ello, sin considerar la acumulación de recursos por agravio comparativo, previsibles por su inclinación arbitraria, condonando a unos y no a otros.
Sería, sin embargo, aconsejable que el señor Sánchez, antes de condonar, como moneda para negociar sus intereses, se preguntase por cuál es el origen de los endeudamientos que reclaman condonación.
Hay un viejo principio liberal, acuñado por la experiencia de siglos, que se enunciaría como: "El sector público –Estado, Comunidad Autónoma, Ayuntamiento…– cuando gasta mucho, gasta mal". O sea, mala administración.
¡Cuánto ganaríamos si, al igual que en las sociedades de capital insolventes, podrán responder de sus deudas los miembros del Consejo de Administración, con sus patrimonios privados, en los de insolvencia de instituciones públicas, respondieran sus consejos de gobierno, con los patrimonios de sus miembros!
Administradores en lo privado, y consejeros de gobierno en lo público, pensarían muy bien el sentido de su voto, para comprometer o liberar sus propios patrimonios, ante el endeudamiento.
