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García Ortiz o la degradación institucional

Quien se mantiene en el cargo a pesar de estar imputado por un delito penal no va a dimitir por la anulación del nombramiento de un subordinado.

Enésimo varapalo del Tribunal Supremo al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz: la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha anulado el real decreto, de 13 de junio de 2023, de nombramiento de Julio Cano Antón como fiscal superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Baleares, por no haberse sometido a la decisión del Consejo Fiscal la posible incompatibilidad de dicho candidato, que fue propuesto por el fiscal general. Se da la circunstancia de que Cano Antón, además de persona muy próxima a García Ortiz, es miembro de la Unión Progresista de Fiscales, asociación que presidió García Ortiz y a la que ha premiado continuamente con nombramientos discrecionales en la cúpula fiscal desde que es fiscal general.

Ahora bien: una cosa es un nombramiento discrecional y otra, muy distinta y mucho más grave, un nombramiento contrario a derecho: el articulo 58 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal prohíbe expresamente ejercer el cargo a los fiscales en la misma Fiscalía donde ejerzan sus cónyuges o personas con análoga relación de afectividad, siempre que haya dependencia jerárquica inmediata entre ellos. A pesar de ello, y a pesar también de que la Inspección fiscal tenía conocimiento de que el candidato tenía una relación afectiva estable con un fiscal destinado en la Fiscalía Superior de Baleares, Cano Antón fue propuesto y nombrado por García Ortiz para el cargo de fiscal superior de la Fiscalía de dicha Comunidad Autónoma.

Hay que decir, en defensa de Cano Antón, que fue él quien en su día puso en conocimiento de la Inspección su relación estable con el fiscal destinado en Baleares, pero es responsabilidad del fiscal general del Estado que este hecho no fuese trasladado a la reunión del Consejo Fiscal, que ostenta la exclusiva competencia para resolver sobre la posible incompatibilidad de acuerdo al Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, donde se votaron a los candidatos, ni tampoco hizo indicación de la citada circunstancia en el informe individualizado de valoración, según señala la sentencia.

A pesar de todo lo anterior, y de los numerosos varapalos judiciales que ya ha recibido García Ortiz por parte del Tribunal Supremo —recuérdese la anulación de los nombramientos de Dolores Delgado como fiscal de Sala de lo Militar, primero, o como fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, después— que nadie espere que este desacreditado fiscal general del Estado vaya a presentar su dimisión: quien se ha mantenido en ese cargo a pesar de haber sido él mismo imputado por un delito de revelación de secretos, no va a presentar ahora su dimisión por la anulación de un nombramiento de su subordinado. Y es que García Ortiz se aplica a sí mismo el manual de resistencia que lleva a gala el presidente del Gobierno que lo nombró: mantenerse en la poltrona a toda costa y sin que importe lo más mínimo la degradación institucional.

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