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Cristina Losada

Estado de alarma: del paraguas al paraguazo

El Gobierno se acaba de desmentir a sí mismo de viva voz, en los hechos y en los derechos.

El Gobierno se acaba de desmentir a sí mismo de viva voz, en los hechos y en los derechos.
Carmen Calvo. | EFE

En octubre, un Consejo de Ministros extraordinario declaró un estado de alarma cuya duración efectiva iba a ser de seis meses y medio. El Gobierno consiguió la aprobación del Congreso para una medida doblemente excepcional, ya que prescindía de las prórrogas quincenales con las que lo había gestionado hasta el momento. Dijo entonces el presidente Sánchez que no iba a repetirse el confinamiento de marzo y abril, pero había que tener “un paraguas jurídico estable” que ofreciera “certidumbre” a la hora de adoptar las restricciones necesarias para contener la epidemia. Anotemos: aun sin confinamiento generalizado, el paraguas se imponía.  

Ya no, pero sigamos en el túnel del tiempo. Sólo para recordar la polémica larga, seca y tortuosa sobre la necesidad del estado de alarma para limitar derechos fundamentales, y si no era más apropiado reformar leyes ordinarias para conseguir los mismos efectos sin tanta excepcionalidad. El Partido Popular propuso ese camino en abril del año pasado. No tuvo éxito. No sumó aliados para aquel “plan B” jurídico, como titularon los periódicos, aunque luego otros partidos adoptaron posiciones similares. Lo que sí cosechó fueron las críticas del Gobierno por desmarcarse, pues lo que defendió a machamartillo Sánchez durante todo ese tiempo fue que el estado de alarma era el único instrumento posible. El paraguas jurídico indispensable. 

Ya no. El porqué del ya no lo ha explicado –es un decir– la vicepresidenta Calvo en declaraciones ad hoc a la prensa. Resulta que no hace falta el estado de alarma, salvo para ordenar un confinamiento domiciliario. Comparemos con la anotación de antes: aun sin confinamiento, era preciso tener un paraguas “estable” para ofrecer “certidumbre”. Eso dijo el jefe del Gobierno, y jefe de Calvo, en 2020. Pero ya no. Aparte del hecho comprobado de que un paraguas no es paraguas si no es estable, la cuestión es que el Gobierno se acaba de desmentir a sí mismo de viva voz, en los hechos y en los derechos.

Rebobinemos la cinta siete días. En esa fecha, el Consejo de Estado, cuyo dictamen solicitó el Ministerio de Presidencia de cara a recurrir al TC la Ley de Salud de Galicia, recomendó la reforma de la Ley de Medidas Especiales de Salud Pública para dotar a las autonomías de instrumentos legales a fin de limitar derechos sin el estado de alarma. A la pregunta de si han reformado la ley, la respuesta es no. Ni falta que hace: el paraguas jurídico que, según Calvo, llega y sobra para lo que queda de epidemia lo componen “la legislación sanitaria vigente”, “las órdenes ministeriales” y las decisiones del Consejo Interterritorial de Salud. Como el Supremo ha avalado que esas decisiones son “de obligado cumplimiento en todo el territorio”, el Gobierno dice ahora lo contrario de lo que decía. 

La evolución del paraguas es asombrosa. Del estado de alarma como único paraguas posible, que se prorrogaba cada 15 días en el Congreso, pasamos al estado de alarma como único paraguas estable, que con sus seis meses y medio de duración eliminaba el engorro de someterlo a la Cámara. Y de ese paraguas de dudosas varillas vamos a pasar al del Consejo Interterritorial de los miércoles, que tendrá la potestad de limitar derechos y libertades en todo el territorio sin otro control que el que ejerza él mismo. Si esto no es pasar del paraguas al paraguazo, que vengan los tribunales y lo vean. 

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