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PARA PERSONAS; NO PARA COLECTIVOS

Del derecho de autodeterminación

Desde que el día 30 de diciembre pasado 39 parlamentarios vascos dieron su sí a la Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, los ciudadanos hemos asistido a más clases aceleradas de teoría política que nunca. El Gobierno de España, especializado en pedagogía política, nos enseña que “las formas son las esencias”. Zapatero dixit.

Animados por tan elocuente eslógan abundan en la crónica política quienes pretenden demostrarnos que la democracia es un haz de procedimientos, moralmente neutros, que nos permiten hablar de todo. También están quienes nos enseñan que la regla de la mayoría es la esencia de la democracia. Así apelan al consenso, evitan pronunciarse sobre los contenidos y olvidan que la democracia no existe sin Estado de Derecho. El dilema está en saber si, quienes así proceden, carecen de razones, o, simplemente, militan en el relativismo.
 
Si el hipermoralismo es malo en política, ¿qué no será el amoralismo?
 
La cuestión es oportuna, en la hora política de España, que es la de los españoles. El Plan Ibarretxe nos está obligando a pensar sobre las cuestiones citadas, así como sobre algunas otras que parecían cerradas. Por ejemplo, que el proceso de transición a la democracia en España se cerró sin vencedores ni vencidos.
 
El centro reformista y los que se sumaron, los defensores de la ruptura pactada, entendieron que la transición a la democracia era el camino que había que recorrer para que el pueblo español recuperara el poder constituyente que le correspondía. Pese al éxito de este proyecto, algunos sienten hoy el deber moral de abrir la caja de los truenos. ¡Después de treinta años, ahora nos toca a nosotros!, exclaman.
 
De entre quienes así operan, destacan las minorías sustantivas cuya fuerza crece a medida que lo hace la intensidad con la que viven sus vínculos identitarios. Dicha intensidad amenaza con la secesión cuando ven sus aspiraciones desatendidas. Ésta es una de las razones, entre otras, por las que el referéndum sobre cuestiones identitarias es tan grave en sociedades fragmentadas.
 
La democracia no es un juego de suma cero, donde unos ganan lo que otros pierden, esto sólo ocurre en el momento de unas elecciones y en la celebración de un referéndum, sino un juego de suma positiva donde todos debemos ganar algo. Tampoco es la democracia el Gobierno de la mayoría, sino el de todos y para todos. La mayoría sólo es una regla de elección y un procedimiento de toma de decisiones. Lo advirtió Lord Acton al escribir que “La prueba más segura para juzgar si un país es verdaderamente libre es el quantum de seguridad de la que gozan las minorías”. Ciertamente, ésta es la “prueba del nueve” de la Propuesta aprobada en Vitoria.
 
Volvamos al comienzo y recordemos que, pese a lo que venimos diciendo desde diciembre, en el comienzo no está la Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, ni el Manifiesto Por un compromiso Social a favor de la No-violencia y el Diálogo. Un camino de solución (8-2-2001). Lean con atención: “El Pueblo Vasco tiene derecho a la autodeterminación. Este derecho reside en la potestad de sus ciudadanos para decidir, libre y democráticamente, su estatus político, económico, social y cultural, bien dotándose de un marco político propio o compartiendo, en todo o en parte, su soberanía con otros Pueblos” (15-2-1990).
 
Esta proclamación manifiesta que la voluntad es la esencia de la política. No parece que se trate de reparar un agravio, sino de una aspiración política con apariencia de reivindicación.
 
Tras la defensa del derecho de autodeterminación está la vigencia del principio de las nacionalidades que entiende que toda nación cultural tiene el derecho a darse una organización política propia, léase Estado, aunque no se diga. En coherencia con este planteamiento, las naciones son sujetos que poseen derechos originarios, imprescriptibles e irrenunciables. Así, la nación nos trasciende y nos da vida, nos justifica y se convierte en la fuente de la que emanan nuestros derechos. Dicho de otro modo, en tanto que pertenecemos a un Pueblo con rasgos propios, especialmente étnico-lingüísticos, y depositario de unos derechos, fundamentalmente a la existencia, tenemos derecho a decidir de acuerdo al Derecho de Autodeterminación de los Pueblos.
 
Sobre las implicaciones morales de estas tesis, dadas sus consecuencias prácticas para la convivencia entre los españoles, se pronunciaron los obispos españoles en la Instrucción Pastoral Valoración moral del terrorismo de sus causas y sus consecuencias (22-11-2002). Algunas de estas implicaciones han sido recordadas en una reciente nota de prensa (7-1-2005). Les recomiendo su lectura. Les ayudará a discernir, conocer cuál es la visión funcional que se sostiene de instrumentos políticos como el Estado, la ley, la constitución jurídico-política, el principio de legalidad y seguridad jurídica, así como la visión sustancial que se defiende de la persona y su dignidad como fundamento del ordenamiento político, de los derechos humanos, de la sociabilidad natural del ser humano y del bien común, sin olvidar la importancia de conceptos como el de sociedad política o sociedad que se organiza políticamente.
 
En la Instrucción citada, de acuerdo a la Doctrina Social de la Iglesia, leerán que no existe una correlación necesaria entre derechos culturales y derecho de autodeterminación en términos de soberanía política. Ello, porque la nación es eminentemente cultural y no reductible al Estado. Leerán que los derechos de las naciones son los derechos humanos en ese específico nivel de la vida comunitaria que es la vida nacional. Porque, quien tiene derecho a usar una lengua, a mantener las tradiciones y cultivar el arraigo es la persona, así como organizarse políticamente para la defensa de sus derechos y libertades es la persona. Descubrirán que la convivencia, entendida en clave cristiana, no es un pacto fruto de intereses individuales que se federan, sino resultado de la reciprocidad que se genera en toda relación humana. Así mismo, podrán reflexionar acerca de la riqueza de la expresión convivencia política entre los españoles que, fruto de siglos de historia repletos de aciertos y errores, no se agota en la dimensión nacional, sino que es, fundamentalmente, la que se ha generado y se genera entre ciudadanos, grupos sociales, instituciones sociales, religiosas y educativas, culturas particulares y comunidades lingüísticas, etc. Por último, y lo más importante, leerán que, porque el sujeto de la vida política es la persona, cualquier alteración del orden político que afecta a la convivencia exige preguntarse quién es el auténtico beneficiario y en qué medida alterar las condiciones es un medio para conseguir un bien mayor según la política del Bien Común.
 
Los pueblos, en tanto que comunidades de hombres libres, se autodeterminan políticamente sobre la base del respeto y la garantía de las libertades y derechos humanos, cuando eligen de modo libre y periódico a sus gobernantes y ejercen el principio de libre participación en la vida pública para la promoción del bien común. Estos principios expresan las aspiraciones humanas de determinación libre y consciente de la organización formal de la convivencia política y responden a la sociabilidad de la que brota el deber de vivir vinculados a los demás, así como a la necesaria satisfacción de las miserias o insuficiencias humanas. Este ejercicio de libertad, no es, sin embargo, fruto de la voluntad, sino respuesta a la naturaleza humana.
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