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Entra en vigor el copago farmacéutico

Patxi López ya ha dicho que en el País Vasco no aplicará la medida.

Este domingo 1 de julio ha entrado en vigor el nuevo sistema de participación del usuario en farmacia, el llamado copago farmacéutico, que por primera vez en la historia del Sistema Nacional de Nacional de Salud (SNS) obliga a la mayor parte de pensionistas a pagar un 10 por ciento del precio de sus medicinas cuando hasta ahora no pagaban nada, mientras que los trabajadores activos copagarán un porcentaje determinado en función de sus ingresos.

La medida, que forma parte de la reforma sanitaria impulsada el pasado mes de abril por la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, cuenta con el rechazo de algunos agentes sociales y comunidades como Andalucía y Cataluña, que hasta el último momento han dudado de que pudiera ponerse en marcha en la fecha prevista, la de este domingo; o el País Vasco, que ha anunciado que no va a aplicar los nuevos copagos.

La ministra del ramo, Ana Mato, ha insistido en reiteradas ocasiones que esta medida es "justa y equitativa" ya que "no pagan los que tienen menos y pagan más los que tienen más", al tiempo que ha destacado que "no tiene afán recaudatorio sino disuasorio".

No obstante, el Ministerio estima que cada año se podrán ahorrar 551 millones de euros anuales, si se tiene en cuenta también la actualización del IPC de las medicinas de aportación reducida.

Diferentes categorías

El nuevo sistema de copago reduce el número de personas que no tienen que pagar por sus medicamentos con receta, algo de lo que ya sólo se beneficiarán los parados sin prestación y las personas con pensiones no contributivas o renta de reinserción. A partir de ahí, se establecen diferentes categorías "según la renta" para los trabajadores activos y para el resto de pensionistas, que a partir de ahora tendrán que pagar un porcentaje del precio de sus medicinas.

En concreto, los pensionistas pagarán un 10 por ciento del precio de sus medicamentos. No obstante, aquellos con rentas inferiores a los 18.000 euros no pagarán más de 8 euros al mes, un límite que para los pensionistas con rentas de más de 18.000 euros será de 18 euros mensuales, mientras que para quienes superen los 100.000 euros anuales el tope estará en los 60 euros mensuales.

La devolución de lo que paguen de más se realizará trimestral o semestralmente en la cuenta bancaria en la que se ingresa la pensión. No obstante, algunas comunidades como Andalucía, Cataluña y Galicia han decidido introducir un mecanismo en sus sistemas informáticos que alerta a los farmacéuticos de que el paciente ya ha rebasado su tope mensual, a fin de impedir que tengan que adelantar dinero.

En el caso de los trabajadores activos, se acaba con el 40 por ciento generalizado que se pagaba hasta ahora y se establecen diferentes porcentajes de copago en función de la renta. Así, aquellos trabajadores con rentas inferiores a 18.000 euros –que no tienen obligación de tributar en el IRPF– y miembros de familias numerosas seguirán pagando este mismo porcentaje (40%), mientras que en aquellos que superen esta renta, la aportación será de un 50 por ciento.

Al igual que con las pensiones, también existe una categoría para rentas altas, iguales o superiores a los 100.000 euros anuales, que en este caso pasarán a pagar un 60 por ciento.

Por último, los enfermos crónicos seguirán pagando un 10 por ciento como hasta ahora, así como los mutualistas de Muface, que continuarán pagando un 30 por ciento tanto como trabajadores activos como una vez que se jubilen.

Para que este copago se aplique con normalidad, el Ministerio ha creado varios códigos (TSI 001, sin aportación; TSI 002, aportación del 10%; TSI 003, aportación del 40%; TSI 004, aportación del 50%, y TSI 005, aportación del 60%) que irán impresos en las recetas para que el farmacéutico cobre la entidad adecuada. No obstante, Sanidad ha determinado que en caso de duda se aplicará "el criterio más favorable para el usuario".

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