La Policía advierte: quedarse un Bizum que te llega por error puede acarrear delitos, aunque sea de 20 euros
Un ciudadano de Zamora ha sido condenado a pagar una multa por no devolver un bizum que le llegó por equivocación.
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El hallazgo de dinero u objetos extraviados en la vía pública siempre ha sido algo realmente común y quedarse con un billete pequeño que se recoge del suelo puede parecer algo inofensivo. Sin embargo, la regulación al respecto es clara e indica que cualquier elemento encontrado en la calle debe ser entregado a la autoridad municipal correspondiente, ya sea el departamento de objetos perdidos o a la policía local del municipio.
En la actualidad, el uso del dinero en efectivo se está viendo cada vez más reducido y esta legislación también es aplicable a otras formas de "encontrarse" dinero. Como explica la Policía Nacional en un vídeo publicado en su perfil oficial de X, en caso de recibir un bizum de una persona que se ha equivocado, se está obligado a devolverlo, de lo contrario, se podría estar cometiendo un delito de apropiación indebida.
Delito de apropiación indebida
Este delito se encuentra tipificado en el artículo 253 del Código Penal, que afirma que será castigado con pena de prisión de 6 meses a 3 años de cárcel "el que, en perjuicio de otro, se apropiare de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble ajena, cuya administración, tenencia o custodia tenga encomendada, o la haya recibido por error o por cualquier otro título que produzca obligación de entregarla o devolverla".
En caso de que el valor económico del elemento apropiado no supere los 400 euros, se considera un delito leve, que conlleva una sanción de multa de 1 a 3 meses. Por otro lado, también existen agravantes, como por ejemplo si se tratan de bienes de primera necesidad, si se causan graves perjuicios económicos a la víctima o si el valor de la apropiación supera ciertos límites, llegando a suponer penas de hasta 8 años de cárcel.
Multa al recibir un bizum por error
Muchas personas podrían pensar que estas leyes no se llevan a la práctica en casos en los que la apropiación es de un valor económico bajo, sin embargo, un caso muy reciente ocurrido en Benavente, Zamora, demuestra todo lo contrario. Un vecino del municipio fue ayer, lunes 2 de junio, condenado a una pena de 180 euros de multa por un delito leve de apropiación indebida, al recibir equivocadamente un Bizum de 20 euros a través de otra persona "de forma no consentida".
La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la sentencia del Juzgado de Instrucción número 1de Benavente, en el que la jueza resolvió como probado que la propietaria del teléfono y la cuenta bancaria no había consentido dicha transferencia de 20 euros. Al no haber entregado el dinero, el beneficiario de la transferencia no permitida tendrá que devolver a la víctima los 20 euros en concepto de responsabilidad civil y afrontar los costes de la multa.
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