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Absuelven a tres hombres acusados de abuso sexual a una gallina por falta de pruebas de lesión

La sentencia señala que, pese a que los hechos fueron grabados y compartidos en redes, no hubo daño físico demostrable.

Imagen de archivo de gallinas. | Pixabay

El Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba ha absuelto a tres hombres acusados de abusar sexualmente de una gallina al no quedar acreditado daño físico en el animal. Los acusados reconocieron los hechos y los difundieron en redes sociales, pero la falta de pruebas veterinarias objetivas llevó a la Fiscalía a retirar su acusación. El Partido Animalista (Pacma), que actuó como acusación particular, ha anunciado que recurrirá la sentencia.

Según ha informado el Partido Animalista, los hechos se produjeron en marzo de 2022, cuando uno de los acusados, supuestamente bajo los efectos del alcohol, introdujo repetidamente el dedo en la cloaca de una gallina mientras otro la sujetaba por las patas. El tercer implicado grabó la escena y la publicó posteriormente en Instagram.

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A pesar de que los acusados admitieron lo ocurrido, la Fiscalía decidió retirar su acusación al no existir una exploración veterinaria ni evidencia objetiva de lesiones en el animal. Esto fue determinante para que el tribunal dictara la absolución de los tres acusados.

Peritaje sin análisis directo del animal

Durante el juicio, la acusación particular ejercida por Pacma presentó como prueba un peritaje veterinario que advertía del riesgo potencial de lesiones internas graves, incluyendo desgarros, prolapsos o incluso la muerte del animal. Sin embargo, este informe no se basaba en una exploración directa del animal, que no fue examinado físicamente tras los hechos.

El tribunal consideró que sin constancia clínica o forense del daño, no era posible establecer la existencia de un delito penal según la legislación vigente en el momento de los hechos (2022), ni tampoco según la última reforma del Código Penal de 2023.

Legislación vigente desde 2023

Tal y como ya denunció Libertad Digital en el momento de su aprobación, la reforma del Código Penal aprobada en el Congreso en 2023 quedó redactada de tal forma que penaliza los abusos sexuales a animales solo cuando se acreditan lesiones o necesidad de tratamiento veterinario. De no ser así, la conducta queda tipificada como infracción leve, sancionable únicamente con una multa o inhabilitación, pero sin implicar penas de prisión.

"Será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses y con la pena de inhabilitación especial de uno a cinco años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales el que fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio o procedimiento, incluyendo los actos de carácter sexual, cause a un animal vertebrado lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud".

Es decir, aunque la zoofilia no era un delito penal en España, la reforma sí eliminó la posibilidad de castigar la explotación sexual de los animales (la que genera lucro económico). De hecho, con la reforma de 2023, sólo será punible la zoofilia en el caso de que cause una lesión al animal.

Pacma ya había denunciado públicamente lo que considera una "laguna legal" desde la reforma del Código Penal en 2023, que, según sus portavoces, permite la legalización de prácticas que consideran vejatorias para los animales en ausencia de pruebas clínicas.

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