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El Gobierno se dota de nuevas herramientas para intervenir en operaciones financieras

Con la excusa de incrementar la transparencia en el mercado, el Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de Ley para modificar algunas normas de las operaciones de compra o venta de entidades financieras.

Con la excusa de incrementar la transparencia en el mercado, el Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de Ley para modificar algunas normas de las operaciones de compra o venta de entidades financieras.
(Libertad Digital) Según ha comunicado la vicepresidenta De la Vega tras la reunión del Consejo de Ministros, el Gobierno ha aprobado un anteproyecto de Ley que modifica las leyes del mercado de valores, la ley sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito y el texto refundido de la ley de ordenación y supervisión de seguros privados.
 
La vicepresidenta ha señalado que se trata de un intento del Gobierno por alcanzar mayor transparencia del sistema financiero y de agilizar las compras que no se consideran significativas, así como para reforzar la colaboración ente supervisores.
 
Entre las decisiones tomadas está la de que los inversores puedan adquirir hasta el 10% del capital de una entidad financiera sin que los supervisores tengan que autorizarlo, frente al 5% actual, aunque deberán seguir comunicando cualquier participación igual o superior al 5%.
 
Así, las adquisiciones en empresas de servicios de inversión, en entidades de crédito y en entidades aseguradoras que igualen o superen el 10% del capital deberán notificar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), al Banco de España o a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, para su evaluación.
 
También se deberán notificar al supervisor correspondiente para su evaluación aquellos casos en que la participación en el capital o los derechos de voto iguale o supere los umbrales del 20%, 30% y 50%. Actualmente los límites están en el 10%, 15%, 20%, 25%, 33%, 40%, 50%, 66% y 75% para empresas de servicios de inversión y entidades de crédito, mientras que para las entidades aseguradoras, de mediación de seguros y reaseguros el límite hasta ahora se sitúa en el 20%, 33% y 50%.
 
Honorabilidad
 
En cualquier caso, el proyecto de Ley también introduce nuevos criterios de supervisión, que se tendrán en cuenta a la hora de evaluar la idoneidad del potencial comprador.
 
Si la legislación vigente se centra, en los administradores de las compañías, estas modificaciones implican, además, a los accionistas, propietarios de las compañías. Según el texto aprobado este viernes, el Ejecutivo introduce unos factores de idoneidad para autorizar la compra de una entidad financiera.
 
Entre los conceptos que baraja está el de la "honorabilidad comercial y profesional de los accionistas". Una honorabilidad que "se presumirá cuando los accionistas sean Administraciones públicas o entes de ellas dependientes". También se valorarán los medios patrimoniales de los accionistas, así como la "falta de transparencia en la estructura del grupo al que eventualmente pueda pertenecer la entidad o la existencia de graves dificultades para inspeccionar".
 
Aún queda por determinar el contenido del que dotará el Ejecutivo al concepto "honorabilidad". En algunos escritos jurídicos consultados, la cláusula de honorabilidad aparece como un concepto un tanto difuso. En cualquier caso, el Gobierno apunta ahora a los accionistas como objeto de supervisión, además de a los propios administradores.
 
Además, se basará en criterios como el de la solvencia del adquiriente, la honorabilidad de los futuros administradores de la entidad, la capacidad de la entidad de cumplir con las obligaciones normativas que le resulten exigibles y la existencia de indicios racionales de la realización de operaciones de blanqueo.
 
En este último punto se cumple uno de los deseos manifestados por Zapatero en su útlima entrevista en Cuatro con Iñaki Gabilondo. Frente al presentador, Zapatero aseguró (como ya hizo Caldera) que es necesario eliminar los paraísos fiscales. Con esta normativa, los reguladores podrían vetar cualquier operación donde la compañía compradora tuviera cuentas en paraísos fiscales.
 
También vetarán a aquellos compradores que hayan financiado a terroristas. Una vez que se apruebe la nueva norma, el plazo total máximo para que los supervisores finalicen su evaluación y notifiquen la existencia o no de oposición a la adquisición se fijará en sesenta días hábiles y se mantendrá el silencio administrativo positivo.
 
Para la vicepresidenta, esta norma de "gran calado" equipara el ordenamiento español al europeo e introduce "más transparencia". "Se trata de aumentar la transparencia en los mercados de valores y de incrementar la cooperación con las autoridades supervisoras, algo fundamental para garantizar la claridad y seguridad de estos procesos de compra", subrayó. El proyecto de ley se ha remitido ahora a las Cortes para su aprobación.

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