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El 97% de los que agotaron su prestación tras el 1 de agosto tampoco cobran

La improvisación del nuevo PER de Zapatero es frustrante para los parados. Está lleno de trampas y excluye a 1,5 millones de parados. Además, el sindicato CSIF teme que también deje fuera al 97% de los aspirantes que cumplen el requisito de perder la prestación después del 1 de agosto.

El pasado jueves, tras el anuncio del Consejo de Ministros, LD avanzaba las trampas que escondía este nuevo golpe de efecto del Ejecutivo Zapatero. El viernes, Libertad Digital adelantaba que la nueva medida dejaría fuera a todos aquellos parados que habían agotado su prestación con anterioridad al 1 de agosto y cuya cifra podría alcanzar 1,5 millones de afectados.

Este lunes LD publicaba que las oficinas del INEM tienen que soportar un auténtico caos en los primeros días de tramitación de los subsidios de 420 euros para parados sin prestación. Oficinas que estaban desprovistas del modelo de solicitud. Una información confirmada este martes por el sindicato CSIF (Central Sindical Independiente y de Funcionarios) que ha cargado duramente contra la Administración por mantener a los funcionarios de INEM sin los formularios originales que tienen que rellenar los interesados.

Donde ya se encuentra este formulario es en Internet, en la página del INEM (www.inem.es), tal y como ha comunicado este martes el director general, Javier Orduña. No obstante, Orduña insiste en que sólo se han registrado incidentes en unas pocas oficinas de empleo, pese a que CSIF insiste en que el caos ha sido generalizado.

Fuentes del INEM consultadas por LD, insisten en que este martes "aún no teníamos los formularios" oficiales pese a que Orduña ha dicho que "todo el dispositivo estaba preparado" y los formularios entregados en las oficinas a las 9:45 de la mañana.

Según informa el sindicato CSIF, durante las primeras horas de esta mañana, las colas en las oficinas "se han mantenido con la misma intensidad que ayer" y añadió que los empleados del Inem "tan sólo pueden entregarles una fotocopia de un formulario para rellenar a los aspirantes que cumplan los requisitos", que les llegó "a última hora" de la mañana del lunes "vía correo electrónico".

Además, "debido a la falta de datos, las comunidades autónomas aún no pueden informar del itinerario de formación al que se han de comprometer ni de la documentación exacta que deben entregar".

Dejará fuera al 97% los parados que cumplen el requisito de agosto

Por otro lado, según los cálculos de este sindicato de funcionarios, el galimatías burocrático que introduce el nuevo PER nacional de Zapatero provoca que "únicamente entre el 2% y el 3% de los desempleados que dejaron de cobrar la prestación desde el pasado 2 de agosto y que ya han acudido a solicitar la prestación, cumplen todos los requisitos necesarios".

Por si hay alguna duda, Orduña ha confirmado que el Gobierno está enviando cartas y sms a los parados sin prestación que tienen derecho a esta ayuda para que acudan a solicitarla a las oficinas del INEM.

¿Qué hay que hacer para solicitar y recibir la ayuda?

Los requisitos contemplados en este real decreto elevan mucho el nivel de exigencia para el aspirante a cobrar un único salario subsidiado de 420 euros mensuales durante seis meses.

Primer paso: La solicitud

Aquella persona en situación de desempleo y que haya agotado la prestación después del 1 de agosto, podrá acercarse a las oficinas del INEM para informarse de los requisitos necesarios.

Tras recibir la información, podrán rellenar el formulario provisional con el que cuentan algunas oficinas del INEM (no en todas). O bien, imprimir en casa el formulario a través de Internet.

En una siguiente fase, los servicios públicos de las comunidades autónomas repasarán el impreso. A continuación, los propios empleados del INEM "tendrán que llamar a los interesados y comunicarles qué documentación han de adjuntar, ya que todavía no ha quedado especificada", afirmó el sindicato. Ahora, la web del Instituto Nacional de Empleo ofrece esta información.

Segundo paso: El estudio del caso

Con la solicitud y los documentos exigidos (que aún no están especificados porque todavía no han recibido los funcionarios del INEM los criterios establecidos para desarrollar casos particulares), Trabajo deberá comprobar si el solicitante no recibe ninguna prestación social incompatible con el nuevo subsidio nacional.

Aquí es donde entra el verdadero galimatías burocrático que tendrá que resolver el interesado. El nuevo PER nacional de Zapatero es incompatible con el resto de subsidios y prestaciones sociales que contempla la legislación española y autonómica. Además, añade requisitos que no se contemplaban hasta ahora en ninguna de estas ayudas complementarias.

Es el caso de la consideración de los padres o ascendientes como cargas familiares, siempre y cuando sean miembros de la misma unidad familiar (entendiendo como unidad familiar aquellas personas que viven bajo el mismo techo). Así, tendrán que aportar un certificado de convivencia espedido por los ayuntamientos donde el INEM pueda comprobar quiénes son los miembros que componen una misma unidad familiar. Muchos ayuntamientos cobran por este tipo de tramitación.

Esto quiere decir que si el desempleado vive con sus padres, ha agotado la prestación por desempleo después del uno de agosto, pero uno de sus padres o los dos perciben salarios, pensiones, renta o patrimonio que sumadas superan el 75% del salario mínimo interprofesional (más de 468 euros mensuales), este parado sin subsidio no tendría derecho al nuevo PER.

Por otro lado, si el interesado recibe una prestación social como la de un comedor o una renta activa de reinserción, también se queda fuera del nuevo PER.

Tampoco percibirá la ayuda si es beneficiario de alguna prestación de nivel asistencial como: Prestación para trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares; Prestación para trabajadores mayores de 45 años que han agotado prestación contributiva por desempleo, sin responsabilidades familiares; Subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado prestación por desempleo de 24 meses; Subsidio para trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva; subsidio para trabajadores emigrantes retornados.

Si el parado es beneficiario de algunas ayudas económicas contempladas por trabajo, como el cambio de residencia para víctimas de violencia doméstica, tampoco podrá acceder a la ayuda. Las víctimas obligadas a cambiar su residencia en los 12 meses anteriores a la solicitud de la RAI, o durante su permanencia en el programa, podrán percibir una ayuda suplementaria de tres meses de Renta Activa de Inserción, sin que ello reduzca la duración de dicha renta. Esta ayuda se percibirá en un solo pago y por una sola vez en cada derecho a RAI.

Frustración entre los parados

Por estos motivos, el sindicato CSIF ha criticado que "la falta de información por parte del Gobierno que provoca que muchos usuarios se encaren con el propio empleado público al comprobar que no pueden recibir la ayuda que han escuchado en boca del presidente Zapatero o de sus ministros".

En esta línea, incidió en que la "expectativa creada se está convirtiendo en una gran frustración para cientos de miles de españoles" y lamentó, además, que la dirección del Inem "no haya previsto la incorporación de refuerzos en las plantillas para tramitar estas ayudas".

"La asistencia de desempleados se ha cuadruplicado mientras que los puestos de funcionarios se han reducido al disfrutar muchos de ellos de su periodo vacacional", denunció el sindicato.

"Todo estaba preparado"

Además, de insistir en que "todo estaba preparado", el director general del INEM, Javier Orduña, ha dicho que aquellos que reciban los 420 euros "seguirán siendo considerados como desempleados". Aunque no ha especificado si saldrán o no de las listas del paro.

Asimismo, ha dicho que el demandante tiene derecho a seis meses de subvención "independientemente de cuando se produce el hecho causante". Es decir, un demandante que agota su prestación el 30 de enero, tiene derecho a seis meses a partir de entonces, pero si en esos seis meses encuentra trabajo y vuelve a quedar en paro, se volvería a pagar lo que no hubiese consumido de esta prestación.

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