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Antonio Sánchez-Gijón

Guerra en Afganistán (o no)

Cuantos más ataques sufran las fuerzas armadas españolas en Afganistán, tanto más obligado está el Gobierno a proponerse la eliminación de las resistencias al cumplimiento de la misión de paz que ha asignado a esas fuerzas.

Que en Afganistán hay una situación de guerra es algo que a primera vista no se puede negar. Hay cosas, sin embargo, que no están tan claras. Para descifrarlas hay que contestar a dos preguntas. ¿De quién es esta guerra? Digo "de quién" en el sentido de qué sujeto institucional es titular de todos los derechos, prerrogativas y obligaciones de quien se encuentra en estado de guerra. Por otro lado, ¿qué otras partes concernidas por esa guerra pueden considerarse ellas mismas en guerra, según las condiciones y restricciones de tipo legal y militar en que se encuentran en medio de la guerra?

Respondamos ordenadamente. Esta guerra es de (y pertenece a) Afganistán como estado y como nación, pues viene provocada por una rebelión de una parte de la población alzada contra el Gobierno y tiene naturaleza de guerra civil pues se libra en partes extensas del territorio, con frentes relativamente demarcados y en torno a profundas divisiones ideológicas. Ambas partes, Gobierno y rebeldes, cuentan con apoyos exteriores: la coalición internacional de ISAF por un lado y el movimiento yihadista islamista por otro. Según este análisis, y desde los puntos de vista legal y sociológico, no son las fuerzas que prestan apoyo al Gobierno afgano las que se encuentran en guerra dentro de Afganistán.

El Gobierno afgano no ha declarado legalmente el estado de guerra, debido a razones de índole político interno. Lo hace, entre otras razones, para poder contar con la coalición internacional; ésta no habría podido ser autorizada a intervenir en favor del Gobierno afgano por el consejo de seguridad de las Naciones Unidas si declarase que la coalición toma partido en una guerra civil. En el orden internacional actual, quien tiene derecho a la guerra (el ius ad bellum clásico) son los estados, y entre ellos el afgano. La coalición internacional, como tal, no tiene derecho a la guerra, ni mucho menos sus componentes. Su ayuda al Gobierno afgano no puede ser legalmente más que una tarea de apoyo al gobierno, más concretamente a la consolidación del estado que representa.

Ahora bien, esta ayuda incluye una amplísima gama de acciones necesarias para que los fines políticos del Gobierno y la tarea asignada a la coalición se puedan cumplir. La mayor parte tiene rasgos militares, en cuanto requieren la intervención de personal militar para tareas específicas de tipo civil, como asentar la autoridad del Gobierno, formar su ejército y policía, construir escuelas, abrir hospitales, dar seguridad a las carreteras, etc. Es muy probable que haya que aplicar fuerza militar para poder cumplir esas tareas civiles, aunque la intención última sólo sea ayudar a que éstas se lleven a cabo pacíficamente. Así que, en principio, la misión de ISAF no es de guerra. En esto tiene razón el ministro de Defensa, José Antonio Alonso: la ONU no hace la guerra. La oposición española debería matizar un poco más su exigencia de que el Gobierno reconozca que las fuerzas en Afganistán se hallan en guerra. Desde luego, desde un punto de vista legal no se hallan en misión de guerra.

Ahora bien, lo que es seguro es que se encuentran en una situación en que se hace la guerra contra ellas desde el momento en que son atacadas por los enemigos del Gobierno legal afgano. El ataque contra una fuerza militar que opera legalmente, y que en principio no se propone ser enemiga de ninguna de las partes implicadas en la guerra civil constituye por sí mismo un acto de guerra, que otorga al atacado el derecho a la legítima defensa, el más sólido principio justificativo del ius ad bellum.

Este derecho a la guerra no es necesario (o puede que no sea conveniente) alegarlo en todos los casos. Porque si reconoces que el ataque que te han dirigido es un acto de guerra, puedes darle al atacante derechos de beligerancia contra ti, y esto es algo que no debes hacer, porque en principio no tienes por qué participar en la guerra civil. Así que puedes ejercer el derecho a la legítima defensa sin necesidad de considerarte en guerra. Y rechazas el ataque y atacas al que te ha atacado, no porque le respondes con la guerra sino porque con su ataque, que él pretende que sea un acto de guerra, te impide el cumplimiento de tu misión, que sólo tiene la intención de ser pacífica.

Según este razonamiento, cuantos más ataques sufran las fuerzas armadas españolas en Afganistán, tanto más obligado está el Gobierno a proponerse la eliminación de las resistencias al cumplimiento de la misión de paz que ha asignado a esas fuerzas. En pura lógica, para completar la misión de paz que llevan a cabo es necesario que busquen la confrontación armada con los que tratan de impedirla por medios armados. Sobre todo si, como prevé el ministro de Defensa, un triunfo de los talibanes significaría un aumento grave de los ataques terroristas contra Occidente.

Así que, resumiendo, hay razones que apoyan la prudencia del Gobierno en no declarar guerras a conveniencia del enemigo, lo mismo que hay más razones aún para emplear todos los medios militares que permitan neutralizar o liquidar a quien te impide el cumplimiento de tus pacíficos fines y amenaza seguir atacándote en el futuro.

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