España acepta su primera vaca como animal de compañía gracias a la ley animalista
Un santuario vegano inscribe en el registro de mascotas a la vaca Loli, que ahora tiene los mismos derechos que un perro o un gato.
En España, ya no se puede tener una iguana como mascota. Es muy posible que loros, tortugas y varios roedores sean ilegales en un futuro próximo (cuando se apruebe el listado positivo). Lo que sí está totalmente permitido son las vacas de compañía. De hecho, hace unas semanas un santuario vegano inscribió en el registro de animales de compañía a Loli, la primera vaca mascota de nuestro país.
En una clara cesión a las asociaciones animalistas, la ley 7/2023 de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (la ley de Bienestar Animal) permite que los animales de producción (ovejas, cabras, caballos, cerdos, gallinas, conejos, patos…) se conviertan en animales de compañía "en el supuesto de que, perdiendo su fin productivo, el propietario decidiera inscribirlo como animal de compañía en el Registro de Animales de Compañía".
De este modo, tal y como relata la propia fundación Santuario Vegan en sus redes sociales, la vaca Loli ha dejado de ser un animal de producción y se ha convertido en un animal de compañía gracias a la ley animalista.
"Durante años nos dijeron que una vaca no podía ser considerada animal de compañía…", explican. "Hoy le hemos quitado los crotales a Loli, porque ya tiene su microchip y está inscrita en el registro de animales de compañía como miembros de la enorme familia de Fundación Santuario Vegan. Hoy Loli es más libre que nunca."
La dueña de Loli no tendrá que someterse a los estrictos controles y revisiones que deben cumplir el resto de ganaderos. Sin embargo, como animal de compañía, la vaca está amparada por la ley de Bienestar Animal, con los mismos derechos que cualquier perro o gato de nuestro país.
Paradójicamente y para desgracia de Loli, la ley animalista prohíbe expresamente "dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público especialmente en los parques nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales u otros espacios naturales protegidos donde puedan causar daños a las personas, al ganado o al medio natural".
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