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¿Cuánto costará despedir a un trabajador a partir de ahora?

El Real Decreto de la reforma laboral no aclara algunos de los aspectos clave del coste del despido. Hay indicios, pero lo más importante queda pendiente de la decisión de los jueces: será más barato despedir, los fijos tendrán una indemnización de 33 días y a partir de 2012 se generaliza la capitalización.

La gran duda respecto a la reforma laboral estaba en las causas del despido objetivo (da derecho a 20 días de indemnización por año trabajado). Hasta ahora es muy difícil que un juez determine que se dan las circunstancias para acogerse al mismo. Se supone que ahora se facilita pero en el texto del Real Decreto no hay serie de causas tasadas.

El texto dice que las empresas en "una situación económica negativa" podrán acogerse al mismo, pero sin concretar a qué se refiere con esa frase: ¿pérdidas en un trimestre? ¿en seis meses? ¿caída de la facturación? Lo único que cambia es que hasta ahora sólo podían aducirse causas económicas en caso de despidos colectivos y ahora también se permite para despidos individuales.

En cualquier caso, con el texto definitivo, éste será el coste del despido a partir de ahora en función de la situación laboral del trabajador:

Contrato en vigor de 45 días

Para aquellos trabajadores con un contrato de 45 días de indemnización por año trabajado, lo anunciado hasta ahora supone que ocho de esos días se pagarán con cargo al Fogasa (Fondo de Garantía Salarial). De esta manera, para el empleador, el coste del despido se queda en 37 días (rebaja del 18%).

Nuevos contratados de 33 días

A partir de ahora, el Contrato de Fomento de la Contratación indefinida se generaliza. Hasta ahora, sólo algunos colectivos muy concretos (jóvenes, parados de larga duración, etc…) podían acceder al mismo. Desde este momento, todos los parados podrán acceder al mismo. De esta manera, el contrato más habitual en la actualidad (el de 45 días) dejará paso a éste. Además, también en este caso, el Gobierno pagará ocho días con cargo al Fogasa, por lo que la empresa puede asumir que el coste del despido será de 25 días.

Despido objetivo

Era la cuestión clave de la reforma laboral. El coste del despido objetivo (recogido en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores y que normalmente se asocia a causas económicas) es de 20 días. El problema es que hasta ahora es casi imposible que un juez decrete que se da esta causa. A partir de la aprobación del Real Decreto, se supone que será más fácil, aunque seguirá a criterio del juez.

Si se generaliza, en la práctica supondría que, para un trabajador que ahora se siente muy seguro en su empresa porque sabe que echarle cuesta 45 días por año trabajado, su cese pasaría a costar sólo 12 días a la compañía. Pero claro, dependerá del juez que le toque en la jurisdicción laboral.

Resumen para las empresas: se abarata el despido

Se mire como se mire, el despido se abarata para el empresario en varios pasos. En caso de despido improcedente, se pasa de 45 a 37 para los ya contratados. Además, a los nuevos sólo les pagará 25 días por año. Y a todos ellos les podrá despedir a un coste 12 días si demuestra dificultades económicas. Es decir, que hasta ahora una empresa contaba con que despedir a un trabajador fijo le costaba 45 días y a partir de ahora podrá hacer cuentas pensando que le costará 12.

Temporales: más caro

La única modalidad de contratación para la que se amplía el coste del despido es la contratación temporal, en la que pasa de ocho a 12 días por año trabajado. De esta manera, en la práctica, se equipararían con los fijos a los que se puede echar más fácilmente por causas objetivas.

El modelo austriaco a partir de 2012

La otra gran novedad, la instauración del modelo austriaco se deja para 2012 y para un desarrollo legislativo que se puede prolongar hasta un año. Si finalmente se aprueba, supondría la eliminación de las indemnizaciones por despido y su sustitución por un fondo de capitalización personalizado para cada trabajador. Así, mes a mes se iría llenando una bolsa individual que, en caso de despido, cobraría el empleado. Además, si una persona cambia de empresa se llevaría su bolsa al nuevo trabajo y si se jubila, podrá cobrarlo y usarlo como complemento a lo que haya ahorrado en su plan de pensiones.

Este modelo supone una cierta liberalización del mercado, que protegería a los trabajadores y no implicaría un coste extra para el empresario que se ve obligado a despedir. Eso sí, sólo se aplicará a los nuevos contratos firmados a partir de 2012 (y eso si finalmente se aprueba, porque es un tema que no se ha tratado en el Real Decreto aprobado este miércoles).

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