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Zapatero quiere eliminar el blindaje antiopa de las cotizadas

Una enmienda introducida por el Grupo Socialista a la Ley de Sociedades Anónimas  elimina la limitación al número máximo de votos que puedan emitir los accionistas y suprime los "blindajes" de las cotizadas en las que se establezca esta limitación.

El grupo socialista ha presentado una enmienda en la que propone que se permita a los accionistas minoritarios de empresas cotizadas que se puedan asociar para una mejor defensa de sus intereses.

Esta enmienda al proyecto de reforma de la Ley del Mercado de Valores, que se tramita en el Congreso, se suma a otra presentada por el PSOE respecto a la Ley de Sociedades Anónimas con la que se pretende que las empresas no puedan limitar los derechos de voto de sus accionistas, como ahora ocurre en Repsol, Iberdrola o Telefónica.

En el texto de las enmiendas, el grupo socialista en el Congreso propone además que las empresas habiliten en sus páginas web un "foro electrónico de accionistas" para facilitar a éstos, ya sea en solitario o en asociación, su comunicación con carácter previo a la celebración de juntas.

En el foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día de la junta, solicitudes de adhesión a éstas e iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.

El grupo del PSOE en el Congreso insta a incluir en la ley la posibilidad de que los accionistas de cada empresa puedan constituir asociaciones "específicas y voluntarias" para el ejercicio de sus derechos y la mejor defensa de sus intereses comunes.

Según los socialistas, los foros electrónicos y las asociaciones son instrumentos que pueden resultar útiles para facilitar la comunicación la comunicación y coordinación entre accionistas de sociedades cotizadas, a menudo dispersos y con pocas posibilidades reales de adoptar iniciativas o ejercer derechos para los que se suele requerir una determinada minoría (generalmente el 5%)

Respecto a la limitación de los derechos de voto, en la enmienda, el PSOE recuerda que esta posibilidad fue incluía en la legislación española en 1951, cuando cumplía cierta función de "salvaguarda" de los accionistas minoritarios con el fin de que el socio o los socios mayoritarios no pudieran ejercer un poder de decisión preponderante.

Sin embargo, con el paso del tiempo y especialmente en el caso de las sociedades cotizadas, las cláusulas estatutarias que limitan los derechos de voto se han convertido en un instrumento de "blindaje" de los directivos, añade el texto.

Además, se utilizan como mecanismo de defensa frente a potenciales inversores legítimamente interesados en adquirir participaciones significativas o de control en una determinada sociedad y de ejercer el poder de decisión correspondiente al riesgo asumido.

El grupo socialista recuerda que en el Código Unificado de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas recomienda que las "sociedades cotizadas no limiten en sus estatutos el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado".

Esta recomendación, está en línea con la pretensión comunitaria de recoger en una directiva la prohibición de los denominados "mecanismos de control reforzados", contrarios al principio de proporcionalidad, tradicionalmente formulado mediante la expresión "una acción, un voto", según la enmienda.

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