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El Supremo prohíbe un "multirreferéndum" catalán coincidente con las europeas

Rechaza las medidas cautelarísimas solicitadas por la asociación Som lo que sembrem.

Rechaza las medidas cautelarísimas solicitadas por la asociación Som lo que sembrem.

El Tribunal Supremo ha confirmado este viernes la prohibición que la Junta Electoral Central (JEC) impuso a la asociación Som lo que Sembrem que pretendía celebrar un "multirreferéndum" en diferentes localidades de Cataluña durante la jornada de reflexión del próximo 25-M.

Distintas asociaciones pretendían interrogar a los catalanes sobre cuestiones como la deuda pública de la autonomía o el control del sector energético, en fechas coincidentes con los comicios europeos del próximo domingo. La Junta Electoral Central rechazó estas pretensiones. Ahora el Alto Tribunal ratifica su decisión después de que la asociación Som lo que Sembrem solicitara como medida cautelarísima la supresión de este fallo.

En un auto hecho público este viernes, la Sala de lo Contencioso Administrativo deniega la suspensión del acuerdo de la Junta Electoral Centrals alegando el necesario respeto a la jornada de reflexión, que no debe verse alterada.

"La debida observancia del periodo de reflexión representa un interés de suma importancia para la defensa de la democracia que materializa el sufragio universal. (...) El acto esencial del sufragio se ve necesariamente precedido de un mínimo lapso temporal en el que quede garantizado un contexto de serenidad y neutralidad para que el elector pueda formar parte libre y espontáneamente su definitiva convicción política sin influencias", recalcan los magistrados del Tribunal Supremo.

Estas circunstancias hacen que "se deban compartir las afirmaciones de la Junta Electoral Central, sobre que las preguntas que se pretendían plantear constituyen una actividad de naturaleza política susceptible de influir en los electores, así como que las preguntas en cuestión se encuentran en directa conexión con el debate político existente en Cataluña".

Por otra parte, el Alto Tribunal entiende que, aún en el hipotético caso de que la consulta no fuera ilícita, podría realizarse en circunstancias y momentos distintos sin que por ello perdiera su actualidad como elemento de conformación del pluralismo político".

La JEC prohibió el pasado 20 de mayo la realización de esta iniciativa ciudadana, que pretendía establecer más de 300 mesas de votación sobre distintos temas sociales, en varios municipios catalanes.

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