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¿Por qué entra Jaume Matas en prisión?

El Código Penal permite que un condenado a menos de dos años no entre en prisión si no tiene otros juicios pendientes y no es "peligroso".

El exministro y expresidente de las Islas Baleares, Jaume Matas, ha ingresado este lunes en prisión pese a que sólo tiene una sentencia firme en su contra y ésta es de nueve meses, inferior al plazo temporal de los dos años y un día que los tribunales suelen marcar como línea roja para la entrada o no de un condenado en un centro penitenciario y que depende asimismo de si el encausado tiene más resoluciones judiciales con pena de cárcel en su haber.

Está condenado por un delito de tráfico de influencias por la contratación del periodista de El Mundo Antonio Alemany, en la que es tan sólo una de las veinte piezas en las que está dividido el denominado caso Palma Arena y que investiga diversos hechos supuestamente delictivos que se llevaron a cabo durante el Gobierno Matas entre 2003 y 2007 en las Islas Baleares.

Inicialmente, la pena impuesta fue de seis años, aunque fue rebajada hasta los nueves meses por el Tribunal Supremo, ya que mantuvo la condena por tráfico de influencias pero absolvió al veterano política de dos delitos por los que sí había sido condenad en primera instancia: malversación y prevaricación.

Conocido el fallo del Alto Tribunal, Jaume Matas pidió a la Audiencia de Palma que le conmutara la pena de prisión de nueve meses por una multa o que, en todo caso, dejara sin efecto la pena de prisión para evitar su ingreso en un centro penitenciario. Sin embargo, el tribunal balear rechazó la petición del expresidente regional.

Justificaron su decisión en que "el daño social causado y el quebranto de la integridad y dignidad de las instituciones públicas no se satisface con una multa de 10.840 euros" -la sanción económica que acompañaba en la condena a la pena de nueve meses de cárcel- y añadía que los tribunales "no están obligados a conceder sin más la suspensión de la ejecución de la pena impuesta".

En esta línea, apuntaba a la "peligrosidad criminal" de Matas "entendida como la derivada de la gravedad, naturaleza y entidad de los hechos por los que fue condenado", entrando de lleno en el artículo 80 del Código Penal, que determina que la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años de cárcel podrán quedar en suspenso mediante una resolución motivada, que atenderá fundamentalmente "a la peligrosidad criminal del sujeto, así como a la existencia de otros procedimientos penales contra éste".

Conocida la negativa del tribunal balear, Jaume Matas jugó su última carta: solicitar el indulto al Gobierno de Mariano Rajoy, alegado que su encarcelamiento conllevaría "efectos desocializadores" sobre él y "en nada serviría para conseguir una supuesta reinserción social o reeducación", finalidad a la que, insiste, "deben ir dirigidas las medidas privativas de libertad".

El Gobierno decidió el pasado 11 de julio no indultar al exministro, que compartió con el propio Mariano Rajoy reuniones del Consejo de Ministros durante los años de José María Aznar en La Moncloa, razón por la que finalmente el expresidente balear ha ingresado este lunes en prisión.

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