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El Supremo ordena al Gobierno distribuir equipos de protección a los sanitarios e informar cada 15 días

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado requerir al Ministerio de Sanidad la adopción "de todas las medidas a su alcance".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado requerir al Ministerio de Sanidad la adopción "de todas las medidas a su alcance".
Imagen de sanitarios | Pixabay

El Tribunal Supremo ordena al Gobierno distribuir equipos de protección a los sanitarios para luchar contra el coronavirus e informar cada 15 días sobre las medidas adoptadas.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado requerir al Ministerio de Sanidad la adopción "de todas las medidas a su alcance para que tenga lugar efectivamente la mejor distribución de los medios de protección de los profesionales sanitarios". El Alto Tribunal solicita esta medida cautelar, tras el requerimiento realizado al Ministerio de Sanidad en su día por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) al inicio del Estado de Alarma.

El Supremo recuerda que en este momento no procede analizar si existe una inactividad de la Administración, puesto que eso se resolverá cuando se analice el fondo del asunto y se resuelva en sentencia. No obstante, el tribunal sí ha considerado el interés público esencial y común de preservar el derecho fundamental a la integridad física y el derecho a la salud de los profesionales sanitarios así como de las personas a las que asisten, para exigir estas medidas cautelares.

CESM recurrió contra la que considera inactividad del Ministerio de Sanidad por incumplir el artículo 12.4 del Real Decreto 463/2020, que declara el estado de alarma. Ese incumplimiento consistiría en no haber suministrado a los centros hospitalarios y asistenciales batas impermeables, mascarillas fpp2, fpp3, gafas de protección, calzas específicas y contenedores grandes de residuos. Y considera que así ha vulnerado el derecho fundamental a la integridad física y el derecho a la protección de la salud de los profesionales sanitarios.

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos solicitó previamente al Supremo que con carácter urgente y sin escuchar a las partes, es decir de forma cautelarísima, se pusiera a disposición de dichos centros ese material. Esta medida se rechazó a finales del pasado mes de marzo por entender el Supremo que, pese a tener por "notoria" la insuficiencia de medios de protección, no podía adoptarse sin haber oído antes a la Administración, a la que pidió información sobre su gestión.

Por su parte, la Abogacía del Estado en su escrito de alegaciones señalaba que Sanidad actuó desde el inicio de la crisis en colaboración con las Comunidades Autónomas, cuyas competencias mantiene el Real Decreto de Estado de Alarma, y cita hasta 19 disposiciones adoptadas a tal efecto. La Fiscalía, por su parte, también se opuso a la medida cautelar solicitada por CESM aduciendo que el sindicato no aporta en su demanda a un solo dato concreto inicial o indiciariamente acreditativo de su denuncia.

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