
Bélgica no puede cuestionar la competencia del Tribunal Supremo español para emitir las euroórdenes y no puede denegar la extradición por posible vulneración de derechos fundamentales salvo que demuestre la existencia de "deficiencias sistémicas" respecto al Estado de derecho, según la postura que se ha hecho pública este jueves del Abogado General de la UE.
La opinión del Abogado General responde a la pregunta prejudicial que planteó el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena cuando la justicia belga denegó en 2021 la entrega a España del exconsejero de Cultura catalán Lluís Puig, al considerar que era el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y no el TS quien debía emitir la euroorden y que, de ser entregado a España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.
El juez Llarena acudió a la Justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra varios encausados por su papel en el procés, entre ellos el expresidente de la Generalidad, el fugado Carles Puigdemont, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.
La opinión del Abogado General no es vinculante, pero suele coincidir con las sentencias que emite el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en este caso, marcará el futuro judicial en Bélgica del expresidente catalán Carles Puigdemont.
