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Marlaska tiene dos meses para restituir al coronel de la Guardia Civil Pérez de los Cobos aunque puede volver a cesarlo

Fuentes jurídicas consultadas por LD afirman que "el ministro del Interior podría cesar de nuevo a Pérez de los Cobos con una nueva motivación".

Fuentes jurídicas consultadas por LD afirman que "el ministro del Interior podría cesar de nuevo a Pérez de los Cobos con una nueva motivación".
EFE

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, tiene 2 meses para restituir al coronel de la Guardia Civil, Diego Pérez de los Cobos, como jefe de la Comandancia de Madrid aunque puede volver a cesarlo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimaba hace dos semanas el recurso interpuesto por Pérez de los Cobos contra la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional que confirmó su cese. El Alto Tribunal no avaló la destitución del coronel por no informar del desarrollo de investigaciones de la investigación abierta por el 8-M en un Juzgado de Madrid y condenaba a Interior a restituirle en su cargo y abonarle el sueldo de tres años.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que "Grande-Marlaska dispone de un plazo máximo de 2 meses para readmitir en su puesto a Pérez de los Cobos, una vez se haya notificado oficialmente al Ministerio del Interior la sentencia. El Juzgado Central de los Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional es el encargado de ejecutar el fallo".

"Si el ministro del Interior no readmite a Pérez de los Cobos en el plazo legal fijado, podría ser multado en varias ocasiones y finalmente, el caso se derivaría a la Fiscalía para que se investigase un presunto delito de desobediencia", concluyen.

Las mismas fuentes consultadas por LD destacan que "Grande-Marlaska podría readmitir a Pérez de los Cobos y cesarle de nuevo posteriormente, justificando su destitución con una nueva motivación que no sea la supuesta pérdida de confianza por no informar sobre la investigación del 8-M. En cualquier caso, se le deberá pagar el sueldo que le correspondería en estos tres años desde su cese", añaden.

Cabe destacar que el propio ministro del Interior hace dos semanas en el Congreso de los Diputados ya hizo referencia a una nueva motivación para intentar justificar el cese de Pérez de los Cobos. Grande-Marlaska vinculó la falta de confianza hacia el mando de la Benemérita con el control en los fondos reservados que éste realizó durante la llamada Operación Kitchen, en la que se investigó el espionaje ilegal al extesorero del PP, Luis Bárcenas.

"Grande-Marlaska deberá tener mucho cuidado con los próximos pasos que dé en este asunto. Si cesa de nuevo a Pérez de los Cobos con una motivación que no se sostiene, podría ser acusado de un fraude en la ejecución de la sentencia, que podría derivar en una investigación penal por un presunto delito de prevaricación", concluyen.

Recordamos que el pasado 30 de marzo, el secretario de Estado de Interior, Rafael Pérez, que firmó en última instancia el cese de Pérez de los Cobos, afirmó tras conocer la sentencia del Supremo que Interior ejecutará el fallo "en los términos que fije la propia resolución y que sean razonables".

El varapalo del Supremo a Marlaska

La sentencia de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo integrada, redactada por el magistrado José Luis Requero, señala que "la Unidad Orgánica de Policía Judicial estaba a las órdenes de la Magistrada que dirigía la instrucción sin que sea admisible interferencia gubernativa y menos si la Magistrada había ordenado absoluta reserva y que sólo se le informase a ella".

El Supremo también se pronunciaba sobre sobre la razón que dio Interior de supuesta pérdida de confianza para justificar el cese de Pérez de los Cobos en estos términos: "Tal razón es confusa, tanto que también así la califica la sentencia de apelación; es, además, redundante pues si se esperaba del recurrente que informase es obvio que era con "con fines de conocimiento", es decir, para conocer algo que se desconocía y que apareció en la prensa. Es contraria a la función de la Policía Judicial pues lo que desconocían los órganos superiores del Ministerio del Interior y sobre lo que se dice que no informó el recurrente, eran las "investigaciones y actuaciones" de la UOPJ, lo que estaba expresamente prohibido por la Magistrada que dirigía la investigación".

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