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Los fiscales del 1-O piden al Supremo una nueva euroorden de detención y entrega contra Puigdemont

En el escrito, al que ha tenido acceso LD, la Fiscalía destaca que la retirada de la inmunidad de Puigdemont ha sido confirmada por el TGUE.

Los fiscales del 1-O han solicitado al magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, la reactivación de la orden europea de detención y entrega (OEDE) contra el expresidente catalán fugado, Carles Puigdemont, tal y como publicó LD el pasado 6 de julio.

Los fiscales de la causa Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno también piden al instructor del 1-O que emita una orden de búsqueda y captura internacional contra Puigdemont y el exconsejero catalán, Toni Comín.

En el escrito, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la Fiscalía recuerda que la sentencia del pasado 5 de julio dictada por el Tribunal General de la Unión Europea acordó retirar la inmunidad de ambos europarlamentarios, confirmando así las decisiones adoptadas por el Parlamento Europeo en marzo de 2021, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el art. 107.3 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General de la Unión Europea y 162.3 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, la medida cautelar acordada en su momento ha quedado sin efecto.

La sentencia del TGUE puede ser recurrida en casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión, pero las disposiciones reguladoras de este recurso no establecen el efecto suspensivo de las sentencias dictadas por el Tribunal General en caso de interposición del citado recurso.

Los fiscales destacan que la retirada de la inmunidad por el Parlamento Europeo ha sido confirmada en sentencia dictada por el Tribunal General de la Unión Europea, de modo que teniendo en cuenta su situación personal -huidos de la justicia y en rebeldía- resulta procedente emitir nuevamente órdenes de detención internacionales y europeas respecto a ambos procesados por los delitos especificados en el auto de 12 de enero de 2023.

Además, subrayan que los hechos constitutivos de malversación a los que es aplicable el art. 432 CP llevan aparejadas penas privativas de libertad que, dada la elevada cuantía de los fondos malversados, oscilan entre 6 y 12 años de prisión.

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