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Junts busca el dinero de fundaciones: exige una profunda reforma fiscal aplicable a las "no residentes"

Los de Puigdemont defienden que se debe "reforzar el mecenazgo" y a través de dicha reforma llegarían grandes mejoras para las fundaciones.

Los de Puigdemont defienden que se debe "reforzar el mecenazgo" y a través de dicha reforma llegarían grandes mejoras para las fundaciones.
La portavoz de Junts per Catalunya en el Congreso, Miriam Nogueras (2d), a su llegada a la Cámara Baja. | EFE

El partido de Carles Puigdemont quiere caer bien a las fundaciones. O eso o quiere agradar a alguna fundación a la que ya cae bien. Porque acaba de trasladar una reforma para mejorar claramente la fiscalidad de estas entidades sin ánimo de lucro. Y lo hace tras haber pactado dar el Gobierno a unos partidos que, salvo el PNV, todos reclaman sangrar fiscalmente a los mismos "ricos" que mantienen esas fundaciones.

El texto de la reforma que exige Junts al Gobierno busca un cambio profundo de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. La norma señala sin matices que "vistas las limitaciones presupuestarias que afectan a la globalidad de las actividades de interés general beneficiarias de esta Ley, constatamos que su eficacia para incentivar el mecenazgo y las actividades de interés general es claramente insuficiente". Es más, el partido de Puigdemont señala que "lo era antes de las últimas crisis, lo fue después de la pandemia covid, y lo sigue siendo en la actualidad". Y, por esta razón, "se debe reforzar el «mecenazgo» desde la acción política, estimulando el apoyo fiscal". Junts se refiere a "actividades muy diferentes: culturales, educativas, asistenciales, deportivas, medioambientales, de investigación, etcétera, que tienen como denominador común el hecho de ser de interés general y de ser impulsadas desde la iniciativa privada".

Esas fundaciones suelen ser creadas y alimentadas por personas o empresarios de elevado poder adquisitivo. Y lo que resulta llamativo es que, el mismo Junts que acaba de entregar la gobernabilidad o un Ejecutivo integrado por comunistas que no dejan de hablar de cómo van a disparar los impuestos a los "ricos", pida ahora la mejora de la fiscalidad de una de las vías habituales de esos mismos contribuyentes.

"En los años de mayor impacto de la crisis se ha dado la paradoja que mientras las necesidades a cubrir por muchas de las entidades que trabajaban en actividades de interés general aumentaban, los presupuestos públicos destinados a financiarlas se reducían significativamente, a pesar del aumento de gasto compensatorio que en 2020 o 2021 se pudieron activar, con el fin de minimizar los efectos de la pandemia, pero sin alcanzar propósitos estructurales de apoyo e impulso de dichas actividades a medio y largo plazo, lo cual sí que se contemplaría en el marco de la modificación de la ley de mecenazgo", explica el partido de Puigdemont.

Por todo ello, Junts quiere una profunda reforma legal para "incrementar los incentivos fiscales al mecenazgo, tanto si es efectuado por personas físicas, como por personas jurídicas o por no residentes"

Los puntos de esta reforma son rotundos: "En el caso de personas físicas, se eleva, del actual 35% al 50% el porcentaje de deducción aplicable con carácter general. Además, se amplía la cuantía del micromecenazgo de 150 a 300 euros, por lo que se incentiva claramente la generación de este tipo de donativos fundamentales para las entidades beneficiarias de mecenazgo, aplicando el porcentaje del 90% a una mayor cuantía de donativos".

Por otra parte, se reduce "de 4 a 3 años el número de ejercicios en los que tiene que hacer donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio anterior, para acceder al incremento de 10 puntos en el porcentaje de deducción, porcentaje que queda incrementado al 60%".

Los incentivos siguen mejorando: "Las cantidades que excedan del 10% de la base imponible se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos". Y, en el caso de personas jurídicas, "se incrementa el porcentaje de deducción, que pasa del 35 al 50%, para potenciar el incentivo". Además, se reduce de "4 a 3 años el número de ejercicios durante los cuales el donante o aportante debe realizar donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio inmediato anterior, con el fin de acceder al incremento de 10 puntos en el porcentaje de deducción, porcentaje que queda incrementado al 60%".

Y es que, "en efecto, se modifica el porcentaje de deducción aplicable en la cuota del Impuesto sobre Sociedades, tratándose de un donante o aportante persona jurídica, en el caso de fidelización de donativos, pasando de una deducción del 40 al 60%, con la finalidad de estimular, en mayor medida, dicha fidelización".

Y, finalmente, se incrementa en cinco puntos porcentuales, "pasando del 10% al 15%, el límite que opera sobre la base imponible del período, a efectos de determinar la base de la deducción.

Este aumento de dicho límite resulta igualmente aplicable en el caso de contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que operen en territorio español sin establecimiento permanente".

Y "se actualiza la relación de actividades económicas que, cuando sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro, en cumplimiento de su objeto o finalidad específica, pueden gozar de la exención en el Impuesto sobre Sociedades, con el fin de incluir aquellas que, en la actualidad, constituyen actividades de gran relevancia para la sociedad, tales como las acciones de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social, en aras de fortalecer los vínculos de las personas que se encuentran en estas situaciones de abandono y exclusión, con el fin de que las mismas puedan salir de situaciones no deseadas ni queridas".

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