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El TSJC suspende cautelarmente el último decreto de la Generalidad contra el español en la escuela

El gobierno de Pere Aragonès aprobó un decreto para blindar el rechazo a un 25% de clases en español cuando ya estaba en funciones.

El gobierno de Pere Aragonès aprobó un decreto para blindar el rechazo a un 25% de clases en español cuando ya estaba en funciones.
El presidente de la Generalidad en funciones, Pere Aragonés. | EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido cautelarmente el último decreto emitido por la Generalidad en contra de la enseñanza en español en las escuelas catalanas. El gobierno de Pere Aragonès, ya en funciones, aprobó el decreto 91/2024 de 14 de mayo para blindar la negativa a impartir clases en español, ni siquiera el 25% que establecen varias resoluciones del propio TSJC ratificadas por el Tribunal Supremo.

A instancias de la organización Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC deja en suspenso una norma que desarrollaba el aparataje legislativo aprobado por los grupos independentistas y el PSC para evitar la aplicación de las sentencias lingüísticas, marginar el idioma español y evitar lo que la Generalidad considera "injerencias" judiciales.

En la resolución se destaca que el decreto impugnado "realiza un desarrollo reglamentario de la Ley 8/2022 y del Decreto Ley 6/2022, legislación que se promulgó de forma reactiva a la ejecución de la Sentencia de esta Sala y Sección núm. 5201/2020, de 16 de diciembre de 2020, dictada en el Recurso núm. 168/2015, que declaraba la obligación de la Generalidad de Cataluña de adoptar las medidas necesarias para garantizar la utilización vehicular normal del catalán y castellano en el sistema educativo catalán en los porcentajes que se determinen, que no pueden ser inferior al 25%".

No garantiza una presencia mínima

La resolución recuerda que "la regulación legal catalana de 2022, que constituye el marco de desarrollo del Decreto 91/2014, ha sido cuestionada ante la jurisdicción constitucional por no garantizar una presencia mínima del castellano en la enseñanza". El TSJC entiende además que el decreto no garantiza la enseñanza en español y que se aprecian "visos de lesión en los derechos fundamentales, más allá de cuestiones de legalidad ordinaria, en su vertiente del derecho a recibir enseñanza en lengua castellana, en tanto que el desarrollo reglamentario del Decreto 91/2024 configura un sistema de educación gratuita único, donde solo se contempla el catalán, o en su caso el aranés, como lenguas normalmente vehiculares y de aprendizaje, apoderando a los proyectos lingüísticos a que determinen la presencia del castellano en cada centro escolar, sin que se fije una garantía mínima del uso de dicha lengua vehicular más allá de la impartición de la asignatura de lengua y literatura castellana".

El decreto fue aprobado dos días después de que ERC perdiera las elecciones autonómicas de manera estrepitosa. La intención del ejecutivo saliente era la de facilitar que las escuelas quedaran eximidas de cumplir las sentencias y las peticiones de los padres que pretenden una enseñanza bilingüe para sus hijos en la que el español no se considere una lengua marginal que se aprende en la calle o en Internet

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