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El TC admite a trámite el recurso de Puigdemont contra el Supremo por su "especial trascendencia constitucional"

Puigdemont había recurrido ante el Supremo su decisión de no aplicarle la amnistía.

Puigdemont había recurrido ante el Supremo su decisión de no aplicarle la amnistía.
Puigdemont, en la rueda de prensa que ofreció este martes en Berlín. | LD/Agencias

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente catalán Carles Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiarle un delito de malversación por el 1-O. El pleno también ha admitido a trámite los amparos solicitados por los exconsejeros catalanes Lluís Puig y Antoni Comín.

El motivo que aducen los magistrados para examinar sus peticiones es su " especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto y porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales". La corte de garantías ha dado este paso con el voto en contra de los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías.

Estaba previsto que el TC adoptara esta decisión en el Pleno anterior pero se retrasó por las recusaciones lanzadas contra varios magistrados -el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, Arnaldo, Espejel y Macías- para intentar apartarles de las deliberaciones sobre estos recursos. Todas fueron rechazadas.

Con esta medida, el TC ya ha admitido a trámite todos los amparos planteados hasta ahora contra la decisión del Supremo de no aplicar la ley de amnistía a la malversación del procés, al considerar que estos hechos encajan en dos excepciones contempladas por la propia norma para no aplicarla: que haya "un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial" y afectación a los intereses económicos y financieros de la UE.

El Constitucional ya admitió los amparos formulados por el exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull.

No levanta de momento la orden de detención

Una vez admitidos a trámite, quedan dos decisiones más del TC en relación con estos amparos. Por un lado, las medidas cautelares, ya que Junqueras y los demás condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 pedían que se les levantara la pena de inhabilitación; y Puigdemont y Comín, que se revocaran las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos.

Respecto a las medidas reclamadas por Puigdemont y Comín, el Pleno también ha resuelto este martes que no concurre una "urgencia excepcional" que permita tramitarlas como cautelarísimas -sin escuchar a las partes, tal y como exigían los líderes independentistas--, por lo que, al igual que con Junqueras, ha decidido tramitarlas como cautelares abriendo para ello una pieza separada.

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