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Los Estatutos del PSOE exigen la expulsión inmediata de Sánchez por el amaño de las primarias

Además, un afiliado que se sienta engañado por el fraude puede acudir a los tribunales y solicitar la anulación o actuar la Fiscalía de oficio.

Los candidatos a las primarias del PSOE en 2017. | LD/Agencias

La información exclusiva publicada por El Español ha mostrado con datos lo que ya se sospechaba: que Pedro Sánchez y la banda del Peugeot amañaron las primarias de 2017 que llevaron al hoy presidente del Gobierno a la Secretaría General del partido, derrotando a Susana Díaz y Patxi López.

Ante semejante información, es lógico preguntarse si las ilegalidades cometidas, y documentadas por el diario gracias a la información contenida en el teléfono de Koldo García —que apunta a posibles intercambios de actas, modificaciones en el censo de afiliados y la introducción de votos fraudulentos en aquel proceso interno— van a quedar impunes desde un punto de vista penal.

Parecería algo lógico que, si se han cometido ilegalidades, porque "amañar" un proceso de primarias es un delito, este debería ser castigado. Pero el Código Penal español no recoge como tal un "delito de fraude en primarias", es decir, que castigue el fraude en los procesos internos de los partidos políticos. Por otra parte, los delitos electorales definidos en la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) se aplican a elecciones públicas (municipales, autonómicas, generales o europeas), pero tampoco hacen referencia a los procesos privados de un partido.

Para que el amaño en unas primarias llegue a ser un delito tendría que encajar en otras figuras delictivas como la falsedad documental (arts. 390-399 CP) que castiga la manipulación de censos de militantes, la creación de afiliados falsos para aumentar el censo de votantes, o la falsificación de actas de votación; la manipulación informática (art. 197 bis CP): si el fraude se realiza alterando los sistemas de voto electrónico, se puede incurrir en delitos informáticos; o la corrupción entre particulares: si el fraude implica el pago de dinero a militantes a cambio de su voto en una primaria, puede investigarse como corrupción entre particulares.

Donde sí hay más recorrido es en la vía administrativa, en el ámbito del Derecho Civil y la Ley de Partidos. La Constitución Española en su artículo 6 exige que la estructura interna y el funcionamiento de los partidos sean democráticos, por lo que amañar unas primarias vulnera el derecho de participación de los afiliados.

¿Qué dicen los Estatutos?

Un afiliado que se sienta engañado o estafado por el fraude en las primarias puede acudir a los tribunales civiles para solicitar la anulación del proceso y puede obligar al partido a repetir las primarias. Incluso los propios estatutos de los partidos políticos suelen considerar el fraude como una falta muy grave que conlleva la expulsión, pues el fraude en unas primarias daña el prestigio de los mismos y atenta contra el derecho fundamental de los afiliados.

Concretamente, los Estatutos del PSOE consideran que manipular un proceso de primarias es una falta muy grave, y puede acarrear la expulsión inmediata del partido o la suspensión de militancia por un periodo de entre 2 y 6 años.

Pero tal y como está el PSOE desde que Pedro Sánchez ganó esas primarias, dudamos de que ninguna de estas vías se ponga en marcha. Ni Susana Díaz, muda desde que es senadora, ni Patxi López, furibundo sanchista sobrevenido, van a impugnar unas primarias que han resultado ser un fraude. Sólo ha habido alguna queja de alguna consejera en alguna comunidad autónoma, pero nada serio que parezca preocupar al omnipotente secretario general.

¿Por qué no actúa la Fiscalía?

¿Podría la Fiscalía actuar de oficio? En teoría, sí. En la práctica, es extremadamente raro si no existe un empujón externo, o sea, una denuncia. Muchos juristas critican que los partidos políticos en España funcionan como entidades privadas para lo que les conviene (gestión de primarias) pero reciben dinero público como instituciones del Estado.

Esta contradicción es la que permite que, ante un amaño de unas primarias, la respuesta sea casi siempre anular la votación pero casi nunca penas de prisión para los responsables, salvo que hayan robado dinero o falsificado DNI reales de forma masiva.

Para que la Fiscalía actúe de oficio debe tener indicios claros de que se ha cometido un delito público. Aquí es donde la naturaleza de las primarias complica las cosas. Si el amaño consiste en inflar un censo o ignorar reglamentos internos, la Fiscalía no entra. Se considera que es el afiliado perjudicado quien debe acudir a la justicia civil.

La Fiscalía solo entraría de oficio si el amaño es tan burdo que implique delitos que sí son de su competencia directa, como falsedad documental (falsificación masiva de firmas o DNI); coacciones o amenazas (si se obliga a los militantes a votar bajo amenaza) o malversación (si se utiliza dinero público para financiar el operativo del amaño).

Ahora hay pruebas

No obstante, si aparecen pruebas, como pueden ser correos, grabaciones o documentos que atestigüen que se ha cometido el amaño, la Fiscalía sí tendría argumentos para abrir de oficio una investigación por su cuenta sin necesidad de una denuncia de un afectado. Y este, precisamente, sería el caso con las pruebas aportadas por El Español. Si ningún afiliado del PSOE se considera perjudicado por el amaño, y más concretamente los dos perdedores de aquellas primarias, Susana Díaz y Patxi López, los mensajes de WhatsApp del móvil de Koldo García, publicados en exclusiva por el medio, reflejarían indicaciones para intervenir en votaciones celebradas en Navarra, la Comunidad Valenciana, Madrid y Andalucía. Ahí tendría la Fiscalía notitia criminis (conocimiento del delito) suficiente para abrir una investigación por su cuenta.

Conviene recordar que las primarias de 2014, que también ganó Pedro Sánchez, también fueron amañadas, como se recogió en un informe de la UCO que publicó Libertad Digital. En esas primarias Sánchez era el tapado de Susana Díaz. Quizás de ahí el silencio de ahora.

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