
TV3 infringió el principio de neutralidad informativa en un reportaje sobre la estrategia electoral de Vox emitido el jueves 20 de julio, tres días antes de las elecciones, según ha dictaminado la Junta Electoral Provincial de Barcelona. El partido de Santiago Abascal denunció la emisión de dicho reportaje por las valoraciones que realizaba el periodista, quien según el texto de la resolución de la Junta Electoral manifestó: "El partido de extrema derecha Vox está cerrando su campaña en Reus con el vicepresidente de Castilla La Mancha que negó la violencia machista"; " Vox no ha querido juzgar el hecho de que en sus filas haya cabezas de listas con pasado en partidos de ultraderecha y neofranquistas"; "Vox ha desplegado un discurso que gira sobre 3 ejes: la xenofobia contra la inmigración, la beligerancia contra el feminismo, y el peligro del independentismo"; "las premisas de Vox se basan en la mentira, hemos escuchado ahora una y diremos ahora unas cuentas más, y también en los sentimientos de odio contra grupo desfavorecidos o históricamente discriminados"; y "las mentiras repetidas continuamente y actitudes fanfarronas y agresivas, después tienen consecuencia en la convivencia".
Desventaja electoral
La Junta Electoral constata en su resolución que tales aseveraciones se produjeron antes de dar paso al reportaje y al finalizar el mismo y añade que "estimamos que la alusión reiterada a las mentiras en las que se asienta el discurso de la formación denunciante, a las actitudes fanfarronas y las menciones relacionadas con la inmigración o los sentimientos de odio contra grupos desfavorecidos, expresan, sin disimulo alguno, una posición abiertamente contraria a la formación política denunciante".
"Esas afirmaciones –sigue el texto– pueden tener amparo en la libertad de expresión e información del artículo 20 de la Constitución Española, pero son incompatibles con el principio de neutralidad informativa del artículo 66 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) y con la necesidad de que todas las formaciones concurran en el proceso electoral en igualdad de condiciones. El juicio negativo sobre Vox que traslada las valoraciones del periodista se traduce en desventaja para la formación afectada y, correlativamente, en beneficio para el resto de formaciones".
Descarta un expediente sancionador
Para la Junta Electoral de Barcelona no hay duda: "Debemos declarar que la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales infringió el principio de neutralidad informativa en el programa objeto de denuncia. Dicha declaración debería conllevar un requerimiento a los responsables del medio para que se abstuvieran en el futuro de realizar informaciones semejantes, si bien, finalizada la contienda electoral, dicho requerimiento ha perdido toda utilidad. Tampoco estimamos procedente la apertura de un expediente sancionador, que debe quedar reservado para los casos más graves de conductas reiteradas en el tiempo o para aquellos casos en los que haya mediado un requerimiento previo. Por lo expuesto acordamos declarar que el programa Telenotícies emitido en TV3 el 20 de julio de 2023 infringió el principio de neutralidad informativa del artículo 66 de la LOREG".
El secretario general de la formación conservadora, Ignacio Garriga ha reaccionado a la resolución de la Junta Electoral con un mensaje en Twitter en el que manifiesta que "la Junta Electoral confirma lo que llevan padeciendo décadas millones de catalanes: manipulación y sectarismo por parte de TV3. ¡Hay que cerrarla!".

